Sentencia N° 89 — Sala de Casación Penal del TSJ, 20 de marzo de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 089, Exp. C17-39, 20/03/2017
ExpedienteC17-39
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-03-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por el abogado Hugo De Lellis, defensor de Genna Jhoulyn Rubin Aranguren, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó la condena por homicidio calificado frustrado. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso y convocó a las partes a una audiencia oral y pública. La decisión se fundamenta en la falta de motivación de la sentencia apelada, donde se alegó que la Corte de Apelaciones no abordó adecuadamente los puntos impugnados por la defensa.
Extracto de la motiva
Como basamento de su única denuncia, el recurrente planteó la infracción de ley por falta de aplicación del artículo 448, segundo aparte, del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 157 eiusdem, por cuanto, según su dicho, la recurrida incurrió en el vicio de inmotivación al haber desestimado las cuatro denuncias del recurso de apelación sin “adentrarse a resolver concretamente los puntos planteados”. En tal sentido, alegó que en la resolución de la primera denuncia del recurso de apelación, la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento no se pronunció específicamente respecto del vicio de ilogicidad delatado, y en cuanto a la segunda denuncia “asumió inmotivadamente que el rechazo de estas pruebas [testimoniales promovidas por la defensa] estaba ajustado a derecho, con el solo argumento de que las testigos tenían intereses personales a favor de la acusada”. Asimismo, adujo que en la resolución de la tercera y quinta denuncia del recurso de apelación, dicho órgano colegiado “se limitó a defender el valor probatorio del dicho único de la víctima”, obviando pronunciarse respecto a las contradicciones halladas en el testimonio rendido por ésta última y, que al resolver la cuarta denuncia “no se adentró a revisar cada uno de los vicios denunciados (…) omitiendo el deber de responder a todos los puntos de la impugnación, incurriendo en el vicio de inmotivación”. Como se aprecia, el recurrente cumplió con la obligación de indicar, en forma clara y precisa, los preceptos legales que consideró vulnerados por falta de aplicación, esto es, el artículo 448, segundo aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 157 eiusdem, como los fundamentos de dicha infracción legal en razón de la falta de motivación en la cual presuntamente incurrió la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento en la sentencia hoy sujeta al control de la casación, en consecuencia, esta Sala de Casación Penal estima procedente la revisión del fallo impugnado, con el fin de cumplir con las exigencias requeridas por el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal.
Dispositiva
PRIMERO: ADMITE el recurso de casación interpuesto por el abogado Hugo De Lellis, en su carácter de defensor privado de la ciudadana Genna Jhoulyn Rubin Aranguren, contra la sentencia dictada, el 18 de octubre de 2016, por la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento. SEGUNDO: Se convoca a las partes a una AUDIENCIA ORAL Y PÚBLICA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 458 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haber sido admitida la única denuncia del recurso de casación. Publíquese y regístrese. Notifíquese a las partes.
Palabras clave
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