Sentencia N° 89 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de febrero de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 089, Exp. C15-470, 19/02/2016
ExpedienteC15-470
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-02-19
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Tercera Penal del estado Apure en representación de David Manuel Araca, quien fue condenado a catorce años de prisión por robo agravado y porte ilícito de arma de fuego. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio, que había confirmado la condena. La Sala concluye que la recurrente no presentó argumentos suficientes para demostrar la inmotivación de la sentencia recurrida, limitándose a expresar su disconformidad con la decisión de la Corte de Apelaciones.

Extracto de la motiva

La defensora pública del acusado David Manuel Araca denunció la falta de aplicación de los artículos 157 y 346, numeral 4, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto, según su dicho, la Corte de Apelaciones no otorgó respuesta a su denuncia planteada en el recurso de apelación, en lo que respecta a que: “(…) denunció que existe vicio por falta de motivación, porque solo se limita a transcribir exactamente las actuaciones policiales y los hechos narrados en el escrito acusatorio de la Fiscal del Ministerio Público (…)”; siendo que el Tribunal de Alzada “(…) no explica como consideró correcto el razonamiento (…)”. De igual manera, la defensa del acusado argumentó que: “(…) la Corte de Apelaciones no justifica como la Juez de Primera Instancia no explicó cuales fueron esas circunstancias de modo, tiempo y lugar, el sistema de la sana crítica, no basta que el juez se convenza asimismo y lo manifieste en su sentencia, es necesario que mediante el razonamiento y la motivación, el fallo tenga la fuerza de demostrar a los demás la razón de su convencimiento (…)”. Finalmente, en razón de que: “(…) Corte de Apelación al no resolver la situación planteada por la defensa en la recurrida, y confirmar la Sentencia inmotivada del Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, estaría incurriendo en una VIOLACIÓN DE CARÁCTER CONSTITUCIONAL, referente al Derecho a la Defensa y al Debido Proceso, en virtud de que en las condiciones de inmotivación en la que se encuentra la Sentencia recurrida, resulta imposible informar de una manera clara y lógica el enjuiciable, la razón por la cual lo están condenando por el delito de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO (…)” (Mayúscula y negritas de la cita).

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la Defensora Pública Tercera Penal del estado Apure contra la sentencia dictada, el 8 de septiembre de 2015, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Apure, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada, el 10 de julio de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del referido Circuito Judicial Penal, que condenó al ciudadano DAVID MANUEL ARACA, a cumplir la pena de catorce (14) años de prisión, por la comisión de los delitos de robo agravado y porte ilícito de arma de fuego, tipificados en los artículos 458 y 277, del Código Penal, todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

falta de motivacióndebido procesopruebasCódigo Orgánico Procesal PenalsentenciaCorte de Apelaciones

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