Sentencia N° 89 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de marzo de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 89, Exp. C06-0458, 19/03/2007
ExpedienteC06-0458
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-03-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de marzo de 2007, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de María Inocencia Sarmiento, anulando la sentencia de la Corte de Apelaciones que había confirmado la condena por complicidad en abuso sexual a niños. La Sala argumentó que la sentencia recurrida incurrió en vicios de inmotivación, al no expresar de manera clara y precisa los fundamentos de hecho y de derecho que sustentaban la culpabilidad de la acusada. Se ordenó remitir el expediente a otra sala de la Corte de Apelaciones para que dicte una nueva decisión, prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la nulidad del fallo anterior.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir observa: Por cuanto la segunda y tercera denuncia del presente recurso de casación, guardan estrecha relación, pues, en ambas se alegan vicios de inmotivación (falta de aplicación del artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal) de las sentencias de la Corte de Apelaciones y del Juzgado de Juicio, la Sala pasa a resolverlas de manera conjunta y en primer término. Así se declara. Los recurrentes en las denuncias up supra transcritas señalan como vicios de inmotivación lo siguiente: 1.- No expresan clara y determinadamente cuáles son los hechos que se consideran probados, ni expresan los fundamentos de hecho y de derecho, para determinar la culpabilidad de la ciudadana MARÍA INOCENCIA SARMIENTO, en el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, EN GRADO DE COMPLICIDAD. 2.- Señalan además, que se analizó parcialmente la declaración de la menor (IDENTIDAD OMITIDA), quien en criterio de los recurrentes jamás mencionó que su defendida “…haya realizado alguna actuación para que estos hechos ocurrieran o qué dejó de hacer para que los mismos ocurrieran…”. 3.- Los sentenciadores no expresaron de manera clara, precisa, determinada y circunstanciada los hechos que consideraron probados con las declaraciones de los ciudadanos “…MARY OLGA FARIAS MORALES, RITA JULIA ZAMBRANO MORALES, ANDRYS ALFREDO CUICAS, JAIME JESÚS SÁNCHEZ, LISETH COE Y LA MENOR (IDENTIDAD OMITIDA)…” ni cuáles son los indicios que se deducen de las mismas para inculpar a la ciudadana MARÍA INOCENCIA SARMIENTO, como cómplice en el delito de abuso sexual a niños.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por los defensores de la acusada MARÍA INOCENCIA SARMIENTO; ANULA la sentencia emitida por la Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y ORDENA remitir el expediente al Presidente del referido Circuito Judicial, para que previa distribución lo remita a otra Sala de la mencionada Corte de Apelaciones, a los fines de que dicte nueva decisión en el presente caso, prescindiendo de los vicios que dieron lugar a la nulidad del fallo señalado.

Palabras clave

abuso sexualcomplicidadniñoscasaciónsentenciainmovilizaciónvigilanciaderechos

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