Sentencia N° 88 — Sala de Casación Penal del TSJ, 5 de abril de 2013

TSJ/SCP, Sent. N° 088, Exp. A13-71, 05/04/2013
ExpedienteA13-71
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2013-04-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por Rafael de Jesús Lugo Morell, quien alegó ser imputado en un proceso penal. La Sala argumenta que no se ha acreditado la existencia de un proceso penal formal en su contra, lo que impide su legitimación para solicitar el avocamiento. Además, se enfatiza que el avocamiento es una figura excepcional que requiere la existencia de graves violaciones procesales, las cuales no se han demostrado en este caso.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo cualquier tribunal, independiente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso o, en su defecto, lo asigna a otro tribunal. Por ello, se han establecido formas y condiciones concurrentes para su admisibilidad, de acuerdo a las cuales éste sólo será admisible en un caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana, o cuando no se hayan atendido o fueren mal tramitados los recursos ordinarios y extraordinarios que buscan restituir la situación infringida, ejercidos por los interesados.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento presentada por el ciudadano RAFAEL DE JESÚS LUGO MORELL, asistido por el ciudadano abogado Eric Lorenzo Pérez Sarmiento, en la investigación dirigida por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con competencia en materia de Corrupción y la Fiscalía Septuagésima Cuarta del Ministerio Público a Nivel Nacional con competencia en materia de Legitimación de Capitales, Delitos Financieros y Económicos.

Palabras clave

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