Sentencia N° 88 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de marzo de 2003
TSJ/SCP, Sent. N° 088, Exp. C02-0463, 11/03/2003
ExpedienteC02-0463
PonenteJULIO ELÍAS MAYAUDÓN GRAÜ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2003-03-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó el recurso de casación interpuesto por la defensa de José Gregorio Ramos, condenado a 20 años de presidio por homicidio calificado. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar el recurso de apelación de la defensa y con lugar el del Ministerio Público, modificando la pena impuesta. La Sala consideró que las denuncias del recurrente eran infundadas y no cumplían con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
El recurrente, en ninguna de sus denuncias propuestas indica en cuál de los motivos señalados en el artículo 460 del Código Orgánico Procesal Penal (falta de aplicación, indebida aplicación o errónea interpretación) las fundamenta. Además, en la primera denuncia alega falta de resumen, análisis y comparación de pruebas, vicio éste que en consideración de la Sala, sólo pueden ser atribuidos al juzgador de la primera instancia, al cual corresponde, en base al principio de inmediación, la apreciación de las pruebas. En la segunda, no indica la influencia del vicio denunciado en el dispositivo del fallo y en la tercera, no precisa la forma en que fueron violados los artículos denunciados como infringidos.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por manifiestamente infundado, el recurso de casación propuesto por la defensa del acusado José Gregorio Ramos.
Palabras clave
homicidio calificadorecurso de casaciónpena de presidiodebido procesoCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal PenalMinisterio Público