Sentencia N° 851 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de diciembre de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 851, Exp. E25-874, 04/12/2025
ExpedienteE25-874
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2025-12-04
DecisiónProcedente

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano KENFFERSSO JHOSUÉ SEVILLA ARTEAGA, por su presunta participación en delitos graves como terrorismo, financiamiento al terrorismo, tráfico de armas, extorsión agravada, legitimación de capitales y homicidio intencional. La decisión se fundamenta en la legislación nacional e internacional, garantizando el respeto a los derechos humanos del solicitado durante el proceso penal en Colombia. Se establece que el Estado venezolano asume el compromiso de que el juicio se llevará a cabo únicamente por los delitos mencionados en la solicitud de extradición, asegurando que se respeten las garantías procesales y los derechos del ciudadano requerido. La sentencia fue firmada por la magistrada ponente ELSA JANETH GÓMEZ MORENO y otros magistrados, y se ordena la remisión de las actuaciones al Poder Ejecutivo Nacional. La decisión se toma en el contexto de un procedimiento de extradición que involucra múltiples delitos graves, reflejando la seriedad de las acusaciones y la necesidad de justicia en el caso.

Extracto de la motiva

Ahora bien, del transcurso de la investigación realizada por el Eje de Homicidios Aragua del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, bajo la instrucción del Ministerio Público, se pudo determinar, que en fecha 09-11-2020 un sujeto identificados como ERNESTO RAFAEL WIDERMAN PALMA, fue la persona que se encargó de informar y coordinar el Homicidio del ciudadano Abiecer Rodríguez cuando en fecha 09-11-2020 recibió una llamada de parte del "pran de tocoron apodado "niño guerrero" en compañía de sus lugartenientes antes mencionados, indicándole que necesitaban matar a un policía de apellido ABIECER que se encontraba hospitalizado en el Hospital Central de Maracay, le colgaron y este a su vez llamo a la ciudadana DAYANA RUTH CHACIN CARDOZO, para que la misma le confirmara donde se encontraba hospitalizado dicho policía y ella le informó le comentó que el policía estaba siendo trasladado hasta el centro médico Maracay. como las 05:30 horas de la tarde se trasladó hasta dicho Centro Asistencial y llama vía telefónica a "niño guerrero" y le pasa toda la información relacionada con el Funcionario de la Policía Estadal ABIESER RODRIGUEZ, posteriormente del penal le dicen que ya todo está coordinado para ejecutar el trabajo y que este pendiente y activo que luego de ejecutado el antes mencionado, lo pasarían buscando para levarlo al Penal y celebrar, como a las 10:00 horas de la noche llego un vehículo automóvil marca toyota, modelo corolla, color beige, tripulado por tres (03) personas apodados juancho, charra y el flipper, quienes lo llevaron hasta dicho centro penitenciario, por cuatro días para celebrar y esperar que bajara la marea, para luego retornar a su casa.

Dispositiva

PRIMERO: PROCEDENTE la extradición activa del ciudadano KENFFERSSO JHOSUE SEVILLA ARTEAGA, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula de identidad número V- 21.098.983, al Gobierno de la República de Colombia, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en la comisión de los delitos de TERRORISMO, previsto y sancionado en el artículo 52, FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, previsto y sancionado en el artículo 53, TRÁFICO DE ARMAS Y MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 38, todos de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, EXTORSIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 16, en relación con el artículo 19, numeral 2 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previsto y sancionado en el artículo 35, de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ASOCIACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16, de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1, del Código Penal, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON PREMEDITACIÓN Y ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 413, del Código Penal, HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA y POR MOTIVOS FÚTILES O INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el 406, numerales 1 y 2, del Código Penal, HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, HOMICIDIO AGRAVADO EN COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el 407, numeral 2, con las agravantes genéricas contenidas en el artículo 77, numerales 1, 5, 8, 11, 12, 14,; en concordancia con el artículo 424 todos del Código Penal, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA Y POR MOTIVO FÚTIL EN GRADO DE CONCURRENCIA, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 406, numerales 1 y 2, del Código Penal, y HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 406, numeral 1, del Código Penal.

Palabras clave

extradiciónterrorismohomicidioextorsióndelincuencia organizada

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca