Sentencia N° 85 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de marzo de 2022

TSJ/SCP, Sent. N° 085, Exp. C21-210, 09/03/2022
ExpedienteC21-210
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-03-09
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible por extemporáneo el recurso de casación interpuesto por las abogadas Raíza Yamileth Ramírez Pino y Raquel Yadxani Sánchez Carrero, en representación de David Alexander Alviares Goicochea. El recurso fue presentado fuera del plazo legal establecido, lo que llevó a la Sala a considerar que la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible el recurso de apelación era correcta. La Sala enfatizó la importancia de los lapsos procesales como garantía del debido proceso y la seguridad jurídica.

Extracto de la motiva

Por cuanto las Violaciones cometidas por no aplicar los artículos antes mencionados, no se quedan en simples violaciones de Ley, que puedan ser subsanadas por otras vías, por cuanto al no ser notificada la víctima. Derecho que le asiste, se lesionó el derecho de impugnación que otorga el legislador a la victima; derecho fundamental que tiene carácter bilateral, y concurre en identidad de condiciones al imputado y a su defensor, así como al Ministerio Público, a la víctima y a su representante judicial. La referida omisión produce un trato desigual que quebranta el debido proceso, lo cual debe ser corregido, en salvaguardar del derecho a la igualdad y a la prohibición de tratos discriminatorios previsto en el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. No siendo posible, por tanto tenerse por convalidados por ser de orden público y violatorio de los principios constitucionales dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en virtud del cual el proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia, y de las disposiciones contenidas en los artículos 174 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal, relativas a que los actos contrarios a los principios comprendidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la violación de principios y garantías procesales de orden público, inherentes a la tutela judicial efectiva y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, solicitamos la Nulidad de todas las actuaciones subsiguientes y se le conceda a la víctima, la realización efectiva de los derechos Conculcados.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de casación interpuesto el 3 de noviembre de 2021, por las abogadas Raíza Yamileth Ramírez Pino y Raquel Yadxani Sánchez Carrero, en su condición de apoderadas judiciales del ciudadano David Alviares progenitor de la persona de quien en vida respondía al nombre de Luis Alviares, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 454 y 457 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

casacióninadmisibilidadderechos de la víctimadebido proceso

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca