Sentencia N° 84 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de septiembre de 2021

TSJ/SCP, Sent. N° 084, Exp. C21-19, 17/09/2021
ExpedienteC21-19
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2021-09-17
DecisiónNulidad Absoluta

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decreta de oficio la nulidad absoluta de todas las actuaciones cumplidas en el proceso con posterioridad a la sentencia dictada el 19 de diciembre de 2019, por la Corte Superior de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente. Esta decisión se fundamenta en la vulneración del debido proceso y la falta de notificación efectiva a las partes involucradas, lo que afecta las garantías fundamentales de los derechos de defensa y tutela judicial efectiva. Se establece que la Corte Superior no cumplió con las formalidades de notificación a las víctimas indirectas y al adolescente, lo que conlleva a la nulidad de las actuaciones posteriores. La Sala ordena que se reponga la causa al estado en que se notifique a todas las partes sobre la decisión, permitiendo así el ejercicio de los recursos de ley correspondientes. Finalmente, se resalta la importancia de las notificaciones en el proceso penal como un acto de orden público que garantiza el conocimiento de las decisiones judiciales por parte de los involucrados, asegurando el respeto a los derechos fundamentales consagrados en la Constitución.

Extracto de la motiva

motivado. De igual modo, el 12 de julio de 2016, el adolescente en mención fue presentado como imputado ante el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, pero esta vez en relación con los delitos de homicidio calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles e innobles, a título de coautor, previsto y sancionado en los artículos 405, 406, numeral 2, y 83 del Código Penal, cometido en agravio del ciudadano Jean Gabriel Balza, y agavillamiento, previsto y sancionado en el artículo 286 eiusdem. El 22 de julio de 2016, el Fiscal Provisorio Centésimo Décimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia para Intervenir en las Fases Intermedia, Juicio y Ejecución de Sanciones del Sistema de Responsabilidad

Dispositiva

PRIMERO: DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA de todas las actuaciones cumplidas en el presente proceso con posterioridad a la sentencia dictada y publicada el 19 de diciembre de 2019, por la Corte Superior de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, la cual se mantiene incólume. SEGUNDO: ORDENA reponer la causa al estado que la referida Corte Superior de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, notifique a todas las partes del presente proceso de la referida decisión, todo ello a los efectos del ejercicio de los recursos de ley correspondientes, y en aras de la garantía del derecho a la defensa.

Palabras clave

responsabilidad penaladolescenteshomicidioagavillamientojuicioabsolución

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