Sentencia N° 84 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de marzo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 084, Exp. C14-266, 09/03/2015
ExpedienteC14-266
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-03-09
DecisiónDesestima por inadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestimó por inadmisible el recurso de casación interpuesto por Armando Eli Marquina García, quien había sido condenado por adulterio. La decisión de la Corte de Apelaciones que revocó la condena fue considerada no recurrible por el hecho de que la pena máxima del delito de adulterio no excede de cuatro años, lo que limita la posibilidad de casación. La Sala reafirmó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, pasa a determinar su competencia para conocer del presente Recurso de Casación y en tal sentido observa: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dispone en su artículo 266, ordinal 8°, lo siguiente: 'Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: ... 8. Conocer del recurso de casación.' Igualmente la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cuando se refiere a las facultades y atribuciones de cada una de las Salas que integran el Máximo Tribunal, de manera específica, respecto a la Sala de Casación Penal, en el artículo 29 numeral 2, establece: 'Son competencias de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia: ... 2. Conocer los Recursos de Casación y cualesquiera otros cuya competencia le atribuyan las leyes en materia penal ...'. De acuerdo a las disposiciones antes señaladas, corresponde a la Sala de Casación Penal, el conocimiento de los recursos de casación que en materia penal se ejerzan contra las decisiones de los Tribunales de Segunda Instancia; en consecuencia, la Sala declara su competencia para conocer del presente asunto en aplicación del artículo 29 numeral 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el ciudadano abogado Raúl De Pablos González actuando como representante del ciudadano Armando Eli Marquina García, víctima querellante, conforme a lo establecido en los artículos 451 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

adulteriorecurso de casacióninadmision

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