Sentencia N° 84 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de marzo de 2004

TSJ/SCP, Sent. N° 084, Exp. C04-0017, 18/03/2004
ExpedienteC04-0017
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-03-18
DecisiónAnula de oficio las sentencias dictadas y ordena la realización de un nuevo juicio oral.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula de oficio las sentencias dictadas por el Tribunal Mixto de Juicio y la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, debido a la falta de motivación y a la violación del derecho a la defensa de los imputados. Se ordena la realización de un nuevo juicio oral, considerando que no se establecieron los hechos constitutivos de la culpabilidad de cada uno de los condenados. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar un debido proceso y una sentencia justa.

Extracto de la motiva

Esta Sala en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 257 de la Constitución de la República, cuya norma establece que no se sacrificará la justicia por formalidades no esenciales, así como el derecho que tiene todo imputado a que se le siga un debido proceso y le sea aplicada una pena justa, procede previo a la resolución de los recursos de casación interpuestos por la defensa pública y privada, a anular la decisión dictada por el Juzgado Mixto Segundo de Juicio del referido Circuito Judicial del Estado Guárico, que CONDENO a los ciudadanos LUDY JUDITH BELTRÁN SILVA a cumplir la pena de TRECE AÑOS DE PRISION, a OSCAR DAVID D’ABREU BEJARANO, JUAN CARLOS D’ABREU BEJARANO, MISAEL ALFONSO SALINAS HERNÁNDEZ, ANGEL DE JESÚS SALINAS HERNÁNDEZ, JOSÉ MARÍA SALINAS HERNÁNDEZ y JOSÉ GREGORIO SALINAS HERNÁNDEZ a cumplir la pena de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN como autores del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y por la Corte de Apelaciones del referido Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, que DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido contra tal condenatoria.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre e la República y por autoridad de la ley, ANULA DE OFICIO las sentencias dictadas por el Tribunal Mixto de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, de fecha 28 de agosto de 2003 y de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, San Juan de Los Morros, de fecha 16 de octubre de 2003 y se ORDENA remitir el expediente al Juez Presidente del referido Circuito Judicial Penal, a fin de que lo envíe al Tribunal que debe conocer del nuevo juicio oral y público a seguir contra los imputados antes mencionados.

Palabras clave

anulacionderecho a la defensacasacion penalsustancias estupefacientesjuicio oralmotivaciondebido proceso

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