Sentencia N° 83 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de marzo de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 083, Exp. C21-185, 09/03/2022
ExpedienteC21-185
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2022-03-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de YARITZA TIBISAY SÁNCHEZ, quien había sido condenada a tres años de prisión por el delito de defraudación continuada. La decisión de la Corte de Apelaciones que confirmó la sentencia de primera instancia fue considerada correcta, ya que la defensa no logró demostrar la existencia de vicios que justificaran la anulación de la sentencia. La Sala concluyó que el recurso fue presentado de manera tempestiva, pero no se encontraron fundamentos suficientes para su admisión.
Extracto de la motiva
motivación de la sentencia; en segundo lugar, no evidenciaron que el jurisdicente haya confundido a la víctima o referido indistintamente a ésta como la persona natural o persona jurídica. Resulta inexplicable que los sentenciadores no se percataran que hubo CONTRADICCIÓN MANIFIESTA EN LA MOTIVACIÓN DE LA SENTENCIA, fundamento de la primera denuncia, porque cuando se analiza lo esgrimido por el Tribunal de Alzada se evidencia la violación flagrante de la norma al aseverar IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 10 de 27 sin el menor rubor que "(...) el Juez de Instancia precisó en su sentencia que el ciudadano DAVID EUGENIO PINEDA es el Presidente de INVERSIONES PINEDA LEÓN C.A, deja claro que la titularidad del derecho controvertido recae en la persona jurídica la cual se encuentra debidamente protocolizada su acta constitutiva, y es esta ultima propietaria de los bienes inmuebles arrendados por la ciudadana YARITZA TIBISAY SÁNCHEZ, asimismo reconoce que el ciudadano DAVID EUGENIO PINEDA en su carácter de Presidente esta afectado y como representante de esa sociedad reclama los derechos como víctima pues representa a la persona jurídica". Indica el Tribunal de Alzada: "No evidencia esta Sala que el A quo haya confundido la persona natural con la persona jurídica, pues a lo largo de la lectura de la sentencia, se desprende que el carácter de representante de la Empresa INVERSIONES LEÓN (sic) recae en el ciudadano DAVID EUGENIO PINEDA". Y agrega: "Cuando el ciudadano DAVID EUGENIO PINEDA actúa en el proceso se posiciona como titular de un interés jurídico pues es socio de INVERSIONES LEÓN y Presidente de la misma, actúa en nombre de la persona jurídica afectada; y tiene cualidad para hacerlo valer en juicio tal como lo permite el artículo 121.1 del Código Orgánico Procesal Penal, pues el ordenamiento jurídico penal vigente reconoce la participación de la víctima, otorgándole legitimatio ad causam y legitimatio ad procesum, en este caso, la persona
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por el abogado José De Los Santos Marín Silva, en su condición de defensor de la ciudadana YARITZA TIBISAY SÁNCHEZ, contra la decisión número 002-21 de fecha 2 de julio de 2021, dictada por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.