Sentencia N° 83 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de marzo de 2021
TSJ/SCP, Sent. N° 083, Exp. A20-104, 17/09/2021
ExpedienteA20-104
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2021-03-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Yhonny Keifran Meza, admitió la solicitud y anuló varias decisiones previas de tribunales inferiores que habían admitido querellas y acusaciones en contra de Ángel Luis Van Der Biest Galindo. La Sala consideró que existía un desorden procesal y violaciones al debido proceso, lo que justificó su intervención en el caso. Se ordenó la remisión del expediente a un nuevo juzgado para su correcto tratamiento.
Extracto de la motiva
motivadamente sobre todos los alegatos argüidos por el imputado o su efecto por su defensa técnica, incluyendo la denuncia formulada por la defensa en cuanto a los medios probatorios ofertados. Sin embargo, se observa que lo que hubo fue falta de diligencia del Ministerio Público durante la fase preparatoria en la práctica de las diligencias solicitadas por la defensa técnica del imputado (…) IV DISPOSITIVA (…) DECRETA: la NULIDAD DE OFICIO de la medida de coerción acordada contra el ciudadano OLE NIELSEN BODTKER la cual fue decretada en fecha 28 de noviembre de 2017, por el Juzgado Vigésimo Noveno (29°) de Primera Instancia Estadal en Función de Control de este circuito Judicial Penal (…) así como la NULIDAD ABSOLUTA DE OFICIO de la Acusación Fiscal presentada por el Ministerio Público el 12 de enero de 2018, en contra del subjudice y los actos procesales siguientes, así como de la NULIDAD ABSOLUTA de la audiencia preliminar, efectuada el 1 de agosto de 2018, y los actos siguientes; se REPONE LA CAUSA AL ESTADO DE LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN por parte del Ministerio Público, conducente a la presentación del respectivo acto conclusivo en la causa penal seguida en contra del procesado de autos OLE NIELSEN BODTKER con prescindencia del vicio aquí advertido (…)” [sic] [Mayúsculas y negritas de la decisión]. El 1º de octubre de 2020, los abogados Douglas Humberto Rodríguez y Héctor Rafael Quintero Rodríguez, en su carácter de apoderados judiciales de las sociedades mercantiles BIODANICA S.A. y BIODAN C.A., y del ciudadano Ole Nielsen Bodtker, presentaron ante el Juzgado Trigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, acusación particular propia contra IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 18 de 69 el ciudadano Ángel Van Der Biest Galindo, por la comisión de los delitos “ESTAFA AGRAVADA, FORJAMIENTO DE FIRMA, ATESTACIÓN FALSA ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO Y ENCUBRIMIENTO, LEGITIM
Dispositiva
Se AVOCA al conocimiento de la presente causa y, en consecuencia, declara PROCEDENTE la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado Yhonny Keifran Meza, en su carácter de defensor privado del ciudadano Ángel Luis Van Der Biest Galindo. ANULA la decisión dictada el 6 de abril de 2018, por el Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la que admitió la querella intentada el 15 de diciembre de 2017, por el apoderado judicial de la sociedad mercantil BIODANICA S.A. ANULA la decisión dictada el 16 de mayo de 2018, por el Tribunal Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual admitió la “adhesión a la querella” propuesta el 11 de mayo de 2018, por los apoderados judiciales del ciudadano Ole Bodtker Nielsen, y de las sociedades mercantiles BIODANICA S.A. y BIODAN C.A. ANULA la decisión dictada el 4 de octubre de 2019, por el Tribunal Trigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que admitió la querella intentada el 27 de septiembre de 2019, por los apoderados judiciales del ciudadano Ole Bodtker Nielsen, y de las sociedades mercantiles BIODANICA S.A. y BIODAN C.A. ANULA la decisión dictada el 16 de diciembre de 2020, por el Tribunal Trigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la cual admitió la acusación particular propia presentada el 1º de octubre de 2020, por los ya tantas veces mencionados apoderados judiciales de las sociedades mercantiles BIODANICA S.A. y BIODAN C.A., y del ciudadano Ole Nielsen Bodtker.