Sentencia N° 83 — Sala de Casación Penal del TSJ, 19 de febrero de 2016

TSJ/SCP, Sent. N° 083, Exp. C16-12, 19/02/2016
ExpedienteC16-12
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2016-02-19
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto.

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado Omar Ernesto Silva Martínez en representación de Domingo Alfonso López, quien fue condenado a 28 años y 3 meses de prisión por homicidio intencional calificado y uso indebido de arma de fuego. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Tribunal Quinto de Primera Instancia, que había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación. La Sala concluye que el recurso es manifiestamente infundado, ya que no se presentan argumentos suficientes para modificar la decisión de la instancia inferior.

Extracto de la motiva

Que el a quo, al realizar el cálculo de la pena, señaló el límite máximo establecido por la norma sustantiva para el delito de homicidio intencional ejecutado con alevosía ‘…debido al bien jurídico como es el derecho a la vida…’¸ y ello en atención a que en la presente causa fue cometido femicidio por parte del acusado de autos Domingo Alfonso López en perjuicio de las ciudadanas ELIANEE SAMANTHA MONTAÑEZ FLORES y KELLY YOSELYN OLIVEROS ESTEVAN, jóvenes estudiantes de diecinueve y veinte años de edad, quienes no tenían ningún tipo de arma u objeto para defenderse del acusado de autos, quien por su condición de militar activo del ejercito (sic) venezolano, con experiencia en armas de fuego, en virtud de su experiencia de armero y pericia para el uso de armas, arremete contra la humanidad de estas ciudadanas, a quienes apenas conoció la noche de los hechos y quienes sin pensar que iban a perder la vida en manos de esta persona, salieron a compartir a una discoteca, situación que infiere esta Superior Instancia, condujo a la Jueza a quo, a tomar como pena para el delito de homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía el término de veinte (20) años de prisión…

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto, el 30 de noviembre de 2015, por el abogado Omar Ernesto Silva Martínez, en su carácter de defensor privado del ciudadano DOMINGO ALFONSO LÓPEZ, contra la decisión dictada por la referida Corte de Apelaciones, el 23 de octubre de 2015, que declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación planteado por el recurrente el 12 de enero de 2015, y CONFIRMÓ la sentencia publicada, el 6 de octubre de 2014, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, que CONDENÓ al acusado a cumplir la pena de VEINTIOCHO (28) AÑOS y TRES (3) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSÍA, previsto en el artículo 406, numeral 1, del Código Penal, en perjuicio de quienes en vida respondieran a los nombres de Elianne Samantha Montañez Flores y Kelly Yoselyn Oliveros Esteban; y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 281 del referido Código Penal.

Palabras clave

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