Sentencia N° 824 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de noviembre de 2025
TSJ/SCP, Sent. N° 824, Exp. C25-291, 28/11/2025
ExpedienteC25-291
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-11-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se decreta la nulidad absoluta de la decisión emitida por la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones, que declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por los defensores de Leyla Vanessa Vivas Villamizar. La Sala consideró que el recurso fue presentado dentro del lapso correspondiente y que la decisión de inadmisibilidad vulneró derechos fundamentales de la acusada. Se ordena que la causa sea devuelta a la Sala Cinco para que se pronuncie sobre la admisibilidad del recurso de apelación.
Extracto de la motiva
motivado por diversos conflictos familiares presentes entre ambos ciudadanos, acordando amistosamente que, por el bienestar de los niños, era preferible que estos retornaran a la República Bolivariana de Venezuela para continuar con sus estudios, toda vez que el ciudadano Nelson se desempeñaba como embajador de Venezuela ante la República de Guinea Ecuatorial. En ese orden de ideas, ciudadana juez, he iniciado los correspondientes trámites para disolver el vínculo conyugal. ¿Pudo el ciudadano Nelson tener acceso a la aplicación o a la cuenta de la que sostenía la ciudadana Leyla Vivas en la aplicación de mensajería instantánea tipo Telegram, donde se percató, entre otras cosas, que esta sostenía una acalorada IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 22
Dispositiva
PRIMERO: DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA, de la decisión dictada, el once (11) de febrero de 2025 por la Sala Cinco de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación ejercido por los mencionados defensores privados, contra el fallo dictado por el Tribunal Trigésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del mencionado Circuito Judicial Penal, al término del juicio oral y reservado en fecha veinticuatro (24) de octubre de 2024 y publicado, el texto íntegro de la sentencia el seis (6) de noviembre de 2024, que condenó a la acusada LEYLA VANESSA VIVAS VILLAMIZAR, a cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito de EXHIBICIÓN PORNOGRÁFICA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, previsto y sancionado en el artículo 24 de la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos, en perjuicio de los niños S.J.O.V, de 7 años de edad, L.G.O.V, de 4 años de edad y A.I.O.V, de 3 años de edad, (identidades omitidas por la Sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 65, Parágrafo Segundo, de la de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y la consecuente nulidad de todas las actuaciones cumplidas con posterioridad al acto írrito, con la excepción del presente fallo de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 175, del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
delitos informáticospornografía infantilinterés superior del niñoprueba anticipadaresponsabilidad parentalderechos de los niños