Sentencia N° 81 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de marzo de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 081, Exp. R14-232, 09/03/2015
ExpedienteR14-232
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoRadicacion
Fecha de la decisión2015-03-09
DecisiónNo Ha Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Deyanira Nieves Bastidas, decidió declarar 'No Ha Lugar' la solicitud de radicación presentada por el Ministerio Público en relación a una causa por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La solicitud se fundamentó en la supuesta alarma y escándalo público generados por los delitos imputados, pero la Sala determinó que no se evidenció tal situación que afectara la imparcialidad de los jueces en el estado Vargas. Además, se destacó que el proceso no se encontraba paralizado por recusaciones o inhibiciones de los jueces.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal, debe determinar su competencia para conocer de la presente solicitud de radicación y al efecto observa: El artículo 29 numeral 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone lo siguiente: “(…) Son competencias de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia: (…) 3. Conocer las solicitudes de radicación de juicio (…)”. Igualmente, el artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal, establece: “(…) El Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de cualquiera de las partes, podrá ordenar, en auto razonado, que el juicio se radique en un Circuito Judicial Penal de otra Circunscripción Judicial que señalará (…)”. De la transcripción de los artículos anteriores, se observa que, corresponde a la Sala de Casación Penal el conocimiento de las solicitudes de radicación de juicio; en consecuencia, esta Sala declara su competencia para conocer del presente asunto. Así se decide.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLARA NO HA LUGAR la solicitud de RADICACIÓN presentada por la ciudadana abogada Marisela De Abreu Rodríguez y el ciudadano abogado Gustavo Adolfo González, Fiscala Séptima Provisoria del Ministerio Público a Nivel Nacional con competencia plena y Fiscal Septuagésimo Provisorio del Ministerio Público a Nivel Nacional con competencia en materia contra las Drogas, respectivamente, en la causa seguida contra los ciudadanos y la ciudadana TCNEL. ERNESTO JOSÉ MORA CARVAJAL, TTE. PARRA SÁNCHEZ ÁLVAREZ ADONAY, S/2 OLAVES SOLER JOHAN MANUEL, S/2 GABRIEL AVENDAÑO PUERTA, S/1 RANDYMAR CHIRINOS ÁLVAREZ, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR EN GRADO DE COAUTORES, tipificados en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el numeral 3 del artículo 163 de la referida Ley y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en concordancia con el numeral 2 del artículo 29 de la referida Ley, así como, seguida a los ciudadanos y las ciudadanas REVERÓN RODRÍGUEZ GABRIEL ALFREDO, LUIS ALBERTO QUINTERO MÉNDEZ, JUAN ALBERTO CHIRINO ARIZA, HOSWARD JOEL LEÓN RODRÍGUEZ, LUIS ALBERTO SUÁREZ MIJARES, ELIOMAR PACHECO LEÓN, ALVARADO GRHEYNERK, NÉSTOR AGUSTÍN PERAZA UTRERA, DANNY RAFAEL BEJARANO MEJÍAS, ARGENIS JOSÉ ESCOBAR CAMACHO, JAIME PERNIA JIMMI OMAR, GIOVANNI CIANCONE, LUIS GUILLERMO MAYORA, MIRIAN MARLYN BURGUILLOS PABLOS y MARÍA GABRIELA MONTILVA SALCEDO, por la presunta comisión de los delitos de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR EN GRADO DE COAUTORES, tipificados en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en concordancia con el numeral 4 del artículo 163 de la referida Ley y 37 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en concordancia con el numeral 5 del artículo 29 de la referida Ley y a la ciudadana MARJORIE GUIMAR GONZÁLEZ JUÁREZ, por la presunta comisión del delito de LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, tipificado en el artículos 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Palabras clave

radicacióntráfico de drogasescándalo público

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