Sentencia N° 81 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de marzo de 2011
TSJ/SCP, Sent. N° 081, Exp. C11-003, 03/03/2011
ExpedienteC11-003
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-03-03
DecisiónDesestimado por manifiestamente infundado
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por la Magistrada Ninoska Beatriz Queipo Briceño, decidió desestimar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Ramón Augusto Orocopey Zambrano, quien había sido condenado a 26 años y 8 meses de prisión por homicidio calificado. La Corte de Apelaciones había corregido la pena a 20 años, lo que fue objeto de impugnación por parte de la defensa. La Sala consideró que no se evidenció violación de derechos ni vicios en la sentencia recurrida, manteniendo la decisión de la Corte de Apelaciones.
Extracto de la motiva
La Sala destaca que la Corte de Apelaciones expresó los fundamentos de Derecho para declarar con lugar la denuncia y corrigió la pena impuesta al acusado en los términos expuestos supra, por lo que declaró parcialmente con lugar la apelación ejercida. En este sentido es oportuno señalar que, ha sido jurisprudencia constante y reiterada de esta Sala de Casación Penal, que el recurso de casación es extraordinario y no puede ser utilizado como tercera instancia (vid. Sentencia N° 1380 del 29 de septiembre de 2009, Sala Constitucional), a la cual el recurrente puede acudir para expresar su descontento con el fallo que les adversa, sin exponer razones de derecho distintas a las señaladas en el recurso de apelación, que demuestren que la recurrida incurrió en un vicio cuya relevancia amerita su nulidad, por lo que el vicio que se denuncia en casación debe ser propio de la sentencia de la Corte de Apelaciones, ya que la decisión que es contraria a los intereses del recurrente no puede constituir un motivo para recurrir en casación, máxime cuando fueron resueltas conforme a Derecho. (Vid. Sentencia N° 341 del 5 de agosto de 2010, Sala Penal).
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por el profesional del Derecho JOSÉ ALEJANDRO SUÁREZ FERMÍN, actuando en su condición de Defensor Privado del ciudadano RAMÓN AUGUSTO OROCOPEY ZAMBRANO, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, el 30 de agosto de 2010.
Palabras clave
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