Sentencia N° 81 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de marzo de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 081, Exp. C03-0234, 18/03/2004
ExpedienteC03-0234
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-03-18
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima los recursos de casación interpuestos por la ciudadana ROSARIO MARLENE ADARFIO y el Fiscal del Ministerio Público, al considerar que no se cumplieron los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal. La Sala concluye que el fallo impugnado está ajustado a Derecho, ya que no se demostraron las circunstancias de la entrega del dinero que motivaron el caso. Se confirma el sobreseimiento decretado por el Tribunal Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Lara.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia, en orden con lo dispuesto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ha revisado el fallo impugnado para saber si se vulneraron los derechos del imputado o si hubo vicios que hicieran procedente la nulidad de oficio en su provecho y en aras de la justicia, y ha constatado que el fallo está ajustado a Derecho. En efecto no quedaron demostradas las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que se realizó la entrega del dinero, por lo que se encuentra ajustada a Derecho la declaratoria con lugar de la excepción de ilegalidad opuesta por la Defensa y el sobreseimiento decretado por el Tribunal Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control.
Dispositiva
1) DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la ciudadana ROSARIO MARLENE ADARFIO, y 2) DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano JOSÉ ELEGNO MORA MOLINA, Fiscal del Ministerio Público.
Palabras clave
recurso de casaciónsobreseimientoCódigo Orgánico Procesal Penalviolación de derechosjusticiafiscal del Ministerio Públicoexcepción de ilegalidadcircunstancias de hecho