Sentencia N° 80 — Sala de Casación Penal del TSJ, 15 de marzo de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 80, Exp. C06-0526, 15/03/2007
ExpedienteC06-0526
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2007-03-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestimó el recurso de casación interpuesto por los defensores de María Graciela Machado Fernández, condenada a tres años de prisión por homicidio culposo. La Sala consideró que los recurrentes no cumplieron con los requisitos de fundamentación establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, lo que llevó a declarar infundadas las denuncias presentadas. La decisión se basa en la falta de claridad y precisión en los argumentos de los recurrentes sobre la supuesta violación de derechos y normas procesales.
Extracto de la motiva
La Sala, para decidir, observa: Los recurrentes no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, para la debida fundamentación del recurso de casación. En efecto, al revisar el fundamento de la presente denuncia, se evidencia que se alegan la violación de principios y garantías constitucionales y procesales, así como de normas procesales, que a juicio de los impugnantes, fueron violentadas por el Representante del Ministerio Público. Así mismo advierte la Sala, que los recurrentes como fundamentación de la denuncia, alegan por una parte que: 'la Vindicta Pública además de haber obviado e ignorado la práctica de la experticia solicitada por la defensa, no dejó constancia de su opinión contraria...'. Por otra parte señalan que: 'la solicitud de la experticia como prueba anticipada, fue admitida en la Audiencia Preliminar, sin lograrse o ejecutar su realización...'. También aducen que: 'finalmente la prueba solicitada fue efectuada en el juicio oral y público, durante el lapso preparatorio...en fecha 11 de abril de 2006, comisionando al... Sub-Inspector ciudadano FRANCISCO JAVIER SANDOVAL CASTILLO...'. Argumentos estos, confusos y contradictorios que impiden a la Sala resolver los planteamientos aducidos y determinar con exactitud lo que pretenden los recurrentes.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por los defensores de la ciudadana acusada MARÍA GRACIELA MACHADO FERNÁNDEZ. Publíquese, regístrese y bájese el expediente. Ofíciese lo conducente.
Palabras clave
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