Sentencia N° 8 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de enero de 2009
TSJ/SCP, Sent. N° 008, Exp. C08-239, 20/01/2009
ExpedienteC08-239
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2009-01-29
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por HÉCTOR ADENNIS MANZANEDA CANCHICA, quien impugnaba la decisión de la Corte de Apelaciones que había declarado inadmisible su recurso de apelación. La Sala, tras analizar los argumentos presentados, concluyó que la denuncia carecía de fundamentación adecuada y, por lo tanto, desestimó el recurso por manifiestamente infundado. La decisión se basa en la falta de aplicación de normas procesales y constitucionales que el recurrente alegaba, pero que no fueron debidamente sustentadas en el contexto del juicio.
Extracto de la motiva
El recurso de casación se ejerce contra las sentencias dictadas por las Cortes de Apelaciones y no contra las sentencias dictadas por los tribunales de juicio. Por otra parte, las normas denunciadas como infringidas no son censurables aisladamente en casación, pues son disposiciones constitucionales y legales que contienen garantías y normas rectoras que debe respetar y seguir todo juez dentro de sus funciones. Al respecto ha dicho la doctrina, que no se puede denunciar de manera aislada las normas constitucionales ni las normas rectoras del proceso penal, en razón de que dichos textos sólo contienen formulaciones abstractas y generales que la Constitución y la ley señalan al juez para el recto cumplimiento de su función decisoria.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el ciudadano HÉCTOR ADENNIS MANZANEDA CANCHICA.