Sentencia N° 8 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de marzo de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 008, Exp. C05-0033, 03/03/2005
ExpedienteC05-0033
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2005-03-03
DecisiónDESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO
Resumen
El presente caso se origina por la denuncia de Sofía Quilotte Perozo contra Enrique Sbrizzi Mongiat, quien fue condenado por actos lascivos agravados. La Corte de Apelaciones confirmó la decisión del tribunal de juicio, lo que llevó a la defensa a interponer un recurso de casación. La Sala de Casación Penal del TSJ, al revisar el caso, determinó que las recurrentes no cumplieron con los requisitos establecidos para la presentación del recurso, lo que llevó a desestimar el mismo por infundado.
Extracto de la motiva
La Sala Penal ha establecido repetidamente que en el escrito contentivo del recurso de casación se debe indicar en forma concisa y clara los preceptos legales que se consideren violados por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación. Aparte de eso quien recurre debe expresar de qué manera impugna el fallo e indicar los motivos de procedencia, que de ser varios han de ser fundamentados por separado. En el presente caso las recurrentes no le dieron cumplimiento a esos requisitos, tal como lo establece el artículo 462 del Código Orgánico Procesal Penal, pues no fueron claras en la exposición de sus alegatos al fundamentar el recurso de casación. Denunciaron la infracción del numeral 2 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece los motivos por los cuales se puede presentar el recurso de apelación. Igualmente le atribuyeron a la Corte de Apelaciones la infracción del numeral 8 del artículo 328 del referido Código Orgánico Procesal Penal y éste tampoco puede ser infringido por las cortes de apelaciones ni por los jueces de instancia, porque dicho artículo se refiere a las facultades y cargas que tienen las partes dentro del proceso penal.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos expuestos con anterioridad, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación propuesto por la Defensa del ciudadano ENRIQUE JOSÉ SBRIZZI MONGIAT, contra la sentencia dictada el 8 de noviembre de 2004 por la Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Palabras clave
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