Sentencia N° 795 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de diciembre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 795, Exp. C15-284, 11/12/2015
ExpedienteC15-284
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-12-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de casación interpuesto por la defensa de Carlos Alejandro Rocca Chirinos, quien había sido condenado por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había confirmado la condena, pero la Sala de Casación encontró que existía falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones, lo que afectó el derecho a la defensa del acusado. En consecuencia, se anuló el fallo de la Corte de Apelaciones y se ordenó la remisión del caso para que se revisara adecuadamente el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia.
Extracto de la motiva
La motivación de la sentencia se centra en la falta de fundamentación de la decisión de la Corte de Apelaciones, que no respondió adecuadamente a los argumentos de la defensa. Se destaca que la Corte de Apelaciones no realizó un análisis exhaustivo de la sentencia de primera instancia, limitándose a transcribir fragmentos de las pruebas sin ofrecer una explicación clara de su razonamiento. La Sala de Casación Penal enfatiza la importancia de una motivación adecuada para garantizar el derecho a la defensa y la presunción de inocencia del acusado, y concluye que la falta de motivación en la decisión de la Corte de Apelaciones constituye un vicio que justifica la anulación del fallo impugnado.
Dispositiva
PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de casación incoado por la defensa privada del ciudadano Carlos Alejandro Rocca Chirinos, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná. SEGUNDO: En consecuencia, se ANULA el fallo proferido por la referida Corte de Apelaciones el 24 de febrero de 2015. TERCERO: ORDENA la remisión de la presente causa a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, a fin de que conforme la Sala Accidental que deba conocer del recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada el día 15 de julio de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, con prescindencia del vicio señalado.
Palabras clave
casacióntráfico de drogasmotivación de sentenciasderecho a la defensa