Sentencia N° 794 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de diciembre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 794, Exp. C15-234, 11/12/2015
ExpedienteC15-234
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-12-11
DecisiónANULA la decisión dictada, el 28 de marzo de 2014, por el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y ANULA la decisión del 16 de abril de 2014, emitida por la Sala Núm. Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia anula las decisiones previas que decretaron el sobreseimiento de la causa en favor de varios ciudadanos acusados de estafa y apropiación indebida. La Sala concluye que las decisiones anteriores adolecen de falta de motivación, lo que infringe el derecho a la tutela judicial efectiva. Se ordena la remisión del expediente a un nuevo tribunal para que se pronuncie sobre la solicitud de sobreseimiento presentada por el Ministerio Público.
Extracto de la motiva
Que, por tal motivo, se declara ‘CON LUGAR la solicitud fiscal y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA…’. Que se ‘declara sin lugar la solicitud planteada por el (...) Representante de la Empresa Mensajeros Radio Worldwide C.A (MRW), toda vez que como hace mención la vindicta Pública, el ciudadano ARQUIMEDEZ (sic) JOSE (sic) VELIZ, ostentaba la cualidad de Presidente de la Empresa, en virtud del nombramiento que a tal efecto le hiciera la Asamblea de Accionista (sic) de este (sic) Sociedad Mercantil, teniendo las amplias facultades de administración de los recursos de la mencionada empresa, exigiendo otras vías Civiles o mercantiles, toda vez que el hecho que en su momento se investigó, (sic) se determino (sic) que no es típico, es decir no reviste carácter Penal…”.
Dispositiva
Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: ANULA la decisión dictada, el 28 de marzo de 2014, por el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas (mediante el cual decretó el SOBRESEIMIENTO de la causa en favor de los ciudadanos Arquímedes José Beliz, Lisette Omaira Hermoso, Dayvana Cristina Soto Vallenilla, María Elena Machado Páez, José Antonio Schmucke Moreno, Omar José Milano Bello, Ricardo Daher Viola, Salvador Marino y Javier Uztáriz Nieto Medina, de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA y APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previstos en los artículos 462 y 466 del Código Penal, así como los delitos de ASOCIACIÓN y LEGITIMACIÓN DE CAPITALES, previstos en los artículos 37 y 35 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo); y ANULA la decisión del 16 de abril de 2014, emitida por la Sala Núm. Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que CONFIRMÓ la sentencia referida anteriormente.