Sentencia N° 79 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de marzo de 2014

TSJ/SCP, Sent. N° 079, Exp. C14-29, 13/03/2014
ExpedienteC14-29
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2014-03-13
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de casación interpuesto por la defensa de María Teresa Moreno Mosquera, quien fue condenada a 19 años de prisión por tráfico ilícito de sustancias estupefacientes. La Corte de Apelaciones había confirmado la sentencia del Tribunal de Juicio, lo que motivó la impugnación. La defensa alegó errónea interpretación de la ley y violación del debido proceso, argumentando que no existían pruebas suficientes para la condena. La Sala examinó los motivos de impugnación y determinó que la defensa no había fundamentado adecuadamente sus alegaciones, incurriendo en errores de técnica recursiva. En consecuencia, se desestimó el recurso de casación por ser manifiestamente infundado, ratificando la decisión de la Corte de Apelaciones y la condena impuesta a la acusada. Finalmente, la sentencia fue dictada en Caracas, el 13 de marzo de 2014, por la Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.

Extracto de la motiva

La Sala ha sido reiterativa al afirmar que cuando se ejerce el especialísimo Recurso de Casación, el recurrente debe plantear sus argumentos de manera clara y específica, indicando de esta manera cuáles son las violaciones de ley alegadas, bien sean por falta de aplicación, por indebida aplicación o por errónea interpretación de los preceptos jurídicos, señalando de manera concreta cómo se produjeron y la solución que se plantea al respecto; así como la incidencia de esos supuestos vicios en las dispositivo del fallo.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la ciudadana ELBA LEONOR MOLINA, en su condición de Defensora Privada de la ciudadana MARÍA TERESA MORENO MOSQUERA, de acuerdo a lo pautado en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Así se decide.

Palabras clave

tráfico ilícitosustancias estupefacientescasacióndebido proceso

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