Sentencia N° 76 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de julio de 2020
TSJ/SCP, Sent. N° 076, Exp. C20-44, 30/07/2020
ExpedienteC20-44
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2020-07-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado José de los Santos Marín Silva, en representación de la víctima Yaritza Tibisay Sánchez, contra la decisión de la Sala 7 de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar los recursos de apelación interpuestos. La Corte de Apelaciones había confirmado el sobreseimiento decretado por el Juzgado Trigésimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, en relación con el ciudadano Carlos Alberto López Cumana, por el delito de aprovechamiento de vehículo proveniente de hurto o robo.
La Sala de Casación Penal argumenta que el recurso no cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, ya que las denuncias de violación de derechos fundamentales y garantías constitucionales no fueron debidamente fundamentadas. Además, se señala que la víctima había delegado la defensa de sus intereses al Ministerio Público, lo que fue considerado por el Tribunal como un cumplimiento de los procedimientos legales.
Finalmente, se concluye que no se encontraron elementos suficientes para revocar la decisión de la Corte de Apelaciones, manteniendo así el sobreseimiento de la causa y la libertad plena del imputado.
Extracto de la motiva
Analizando el precedentemente artículo transcrito, no puede pasar desapercibida ésta Juzgadora la conducta asumida por el Ministerio Público en el caso de marras, en la Audiencia Preliminar, toda vez que encontrándose plenamente consciente de los medios de pruebas, que fueron ofrecidos en el Capítulo V, del escrito acusatorio, no eran suficientes para que esta Juzgadora dictara un auto de apertura a juicio, insistió bajo una postura poco objetiva, en mantener su solicitud a los fines que este Tribunal dictara el correspondiente pase a juicio en contra del imputado de marras, basándose en la entidad del tipo penal; postura ésta que es absolutamente rechazada por éste órgano jurisdiccional el cual debe administrar justicia conforme a derecho y no basándose en medios de pruebas con los cuales no se configura el tipo penal por el cual fue presentada la acusación, visto que la acción para que se pueda configura el tipo penal es teniendo conocimiento de que un vehículo automotor sea proveniente de hurto o robo, situación esta que no fue consumada nunca por el imputado de marras, siendo que la Representación Fiscal, en los hechos atribuidos señalo (sic) que la víctima le facilito el vehículo al ciudadano CARLOS ALBERTO LÓPEZ CUMANA (…) para que se movilizara por unos días. Como corolario de lo anterior, estima quien aquí decide, que al no reunir y satisfacer el conclusivo de investigación (sic) de acusación interpuesta por el Ministerio Público los requisitos esenciales y concurrentes exigidos en el artículo 308 del Código Orgánico al Penal (sic), lo procedente y ajustado a derecho es no admitir la acusación en los términos expuestos, al igual que no se admiten pruebas, ofrecidas por la representación fiscal. Y Así se decide..
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el abogado José de los Santos Marín Silva, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Yaritza Tibisay Sánchez, contra la decisión dictada y publicada el 29 de octubre de 2019, por la Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 454 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
proceso penalsobreseimientoacusaciónpruebasMinisterio Públicoderecho penal