Sentencia N° 76 — Sala de Casación Penal del TSJ, 28 de septiembre de 2017
TSJ/SCP, Sent. N° 076, Exp. C17-360, 13/03/2018
ExpedienteC17-360
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-09-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte Superior de la Sección de Adolescentes declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el defensor público en representación del adolescente imputado por abuso sexual con penetración. Posteriormente, se interpuso un recurso de casación que fue examinado por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. La Sala determinó que el recurso era infundado, ya que la denuncia de falta de aplicación de normas no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de casación interpuesto por la abogada Marian Karola Pérez Zaimand, Defensora Pública Auxiliar Cuarta de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, contra la sentencia de fecha 28 de septiembre de 2017, proferida por la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Marco Cimino, Defensor Público Cuarto con competencia en materia Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en virtud del lo cual, CONFIRMÓ el fallo mediante el cual en fecha 27 de junio de 2017, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la indicada Sección y Circuito Judicial Penal, previa aplicación del procedimiento de admisión de los hechos previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; sancionó al adolescente imputado, a cumplir cuatro años de privación de libertad, un año de semi libertad, y, un año con ocho meses de libertad asistida, por la comisión del delito tipificado en el artículo 259 de la antes indicada ley especial, como ABUSO SEXUAL CON PENETRACIÓN A NIÑO. Así se decide.
Dispositiva
Se desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la abogada Marian Karola Pérez Zaimand, confirmando el fallo del Juzgado Segundo de Primera Instancia que sancionó al adolescente a cumplir cuatro años de privación de libertad, un año de semi libertad, y un año con ocho meses de libertad asistida.
Palabras clave
casaciónadolescenteabuso sexualprivación de libertad