Sentencia N° 746 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de noviembre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 746, Exp. A15-447, 23/11/2015
ExpedienteA15-447
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-11-23
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Jesús Rafael Ollarves Chirino, defensor privado de Freddy José Molina Jiménez, quien enfrenta cargos por homicidio calificado y posesión ilícita de arma de fuego. La Sala argumentó que la solicitud no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, específicamente en relación a la falta de reclamaciones oportunas sobre las irregularidades alegadas en el proceso penal. Además, se instó a la Corte de Apelaciones a remitir el recurso de apelación interpuesto por la defensa a la Sala Constitucional.
Extracto de la motiva
MOTIVADA de un acta de investigación, de la nueva peritación realizada a los elementos de convicción como lo es el armamento colectado y peritado aquí en la sede CICPC en coro (sic) y al proyectil extraído del cadáver, en la cual, se llevó acabo (sic) fuera del estado Falcón, específicamente en la ciudad de BARQUISIMETO ESTADO LARA, en la nueva unidad criminalística del ministerio público (sic) ubicada de esa jurisdicción, la nueva peritación la solicitó o el fiscal 4 auxiliar (sic) de la causa Abg. Juan Carlos Jiménez, en aquella sede, su intención supuestamente era salir de dudas respecto a la problemática que presentaba la experticia 323 antes mencionada, PERO es el caso ilustres magistrados (sic) que con su aportación, se evidencia que su contenido es incongruente, inmotivado e ilógicos (sic), en la cual se refleja de su transcripción lo siguiente: ‘muestras que luego procedió a peritar, dando como resultado la positividad ENTRE LAS CONCHAS 38 SPECIAL Y EL PROYECTIL DEL MISMO CALIBRE EXTRAÍDO DEL CADÁVER SUPRA MENCIONADO’, en este sentido esta defensa se pregunta, ¿CÓMO SE PUEDE COMPARAR, LAS CONCHAS DEL SPECIAL 38 CON EL PROYECTIL DEL MISMO CALIBRE EXTRAÍDO DEL CADÁVER ENTRE SI (sic)?, SI LO QUE SE BUSCABA, ERA[N] LOS RESULTADOS DE LAS ESTRÍAS Y CAMPOS PARA IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 29 ACLARAR SUS DUDAS SOBRE SI ERA O NO EL ARMAMENTO, DESCABELLADA DICHA PERITACIÓN, ¿QUÉ ESCONDEN?, NO RECONOCEN, QUE NO FUE EL ARMAMENTO UTILIZADO EN ESTE HECHO, SINO QUE DISTORSIONAN LA VERDAD, APORTÁNDOLA COMO PRUEBA LICITA (sic), LEGAL Y UTIL (sic), PARA HACER CREER A MI DEFENDIDO Y A CUALQUIEL (sic) OTRA PERSONA, QUE NO CONOSCA (sic) DE MATERIA DE BALÍSTICA, QUE SUS RESULTADOS SON FIELES Y LEALES APEGADO[S] A DERECHO, QUE DE ESTA MANERA MALICIOSA, PODER FÁCILMENTE MANTENER CON DICHA PRUEBA FALSA, A MI PATROCINADO PRIVADO DE LIBERTAD, EN LAS CUALES TODABIA (sic) SE ENCUENTRA EN ESTE PUNTO, NOS LLAMA PODEROSAMENTE LA ATENCIÓN, en virtud, que
Dispositiva
PRIMERO: declara INADMISIBLE la Solicitud de Avocamiento interpuesta por el abogado Jesús Rafael Ollarves Chirino, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el N° 221.163, en su condición de defensor privado del ciudadano FREDDY JOSÉ MOLINA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad V-19.252.740, en el juicio que se le sigue a éste por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, por no cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. SEGUNDO: la Sala EXHORTA a la Corte de Apelaciones a que, en caso de haberlo tramitado, remita el Recurso de Apelación que afirma haber interpuesto la defensa del ciudadano FREDDY JOSÉ MOLINA JIMÉNEZ, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a los fines consiguientes.