Sentencia N° 742 — Sala de Casación Penal del TSJ, 23 de noviembre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 742, Exp. C15-257, 23/11/2015
ExpedienteC15-257
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-11-23
DecisiónNulidad de oficio y sobreseimiento
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara la nulidad de oficio de todas las actuaciones en el proceso penal seguido contra DAHIANA ALEGULLAR STARITA y RENATO RAFAEL ALEGULLAR STARITA, debido a la violación de derechos al debido proceso y a la tutela judicial efectiva. Se establece que ambos acusados eran menores de edad al momento de los hechos, lo que les confería inimputabilidad bajo la legislación vigente en ese momento. En consecuencia, se decreta el sobreseimiento de la causa conforme al artículo 300, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal considera oportuno apartarse del Recurso de Casación interpuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que ha constatado un vicio que afecta de nulidad absoluta las sentencias dictadas, en primer lugar, por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en función de Control, Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en fecha 15 de diciembre de 2014 y, en segundo lugar, por la Corte Superior Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de mayo de 2015, por existir una flagrante violación de los derechos al debido proceso, a la defensa y a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos DAHIANA ALEGULLAR STARITA y RENATO RAFAEL ALEGULLAR. Respecto al orden público del vicio constatado y en atención a la especialidad de la materia referida a niños, niñas y adolescentes, se ha pronunciado la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal de la República en decisión N° 1055, de fecha 30 de julio de 2013, en los siguientes términos: ... Sin embargo, no es posible decretar la terminación del procedimiento en el presente caso, toda vez que, de acuerdo a los alegatos esgrimidos por los accionantes, el caso bajo estudio interesa al orden público en virtud de que se denuncia la presunta violación constitucional a los derechos de un niño ...
Dispositiva
Por todos los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara la NULIDAD DE OFICIO de todas las actuaciones en el proceso penal seguido contra los ciudadanos RENATO RAFAEL ALEGULLAR STARITA y DAHIANA ALEGULLAR STARITA. SEGUNDO: decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa conforme con lo establecido en el artículo 300, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.
Palabras clave
nulidadsobreseimientoproceso penalley tutelar del menorderechos humanos