Sentencia N° 732 — Sala de Casación Penal del TSJ, 21 de diciembre de 2005
TSJ/SCP, Sent. N° 732, Exp. E05-0553, 21/12/2005
ExpedienteE05-0553
PonenteBlanca Rosa Mármol de León
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2005-12-21
DecisiónNegada
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 21 de diciembre de 2005, decidió negar la solicitud de medida cautelar sustitutiva presentada por los abogados de los ciudadanos Dietmar Bohner y Harald Loidl, quienes son requeridos por el gobierno de Austria. La solicitud se fundamentó en la posibilidad de que se decretara una medida menos gravosa, dado que los solicitantes no representan un peligro de fuga ni de peligrosidad, según lo argumentado por sus representantes legales.
Sin embargo, la Sala observó que los ciudadanos Bohner y Loidl se encuentran entre las personas más buscadas en Austria y que habían evadido su captura, lo que contradice los argumentos presentados para la concesión de la medida cautelar. La Sala concluyó que los supuestos que pudieran justificar la aplicación de una medida menos gravosa no se satisfacen en este caso, por lo que se declaró la solicitud como negada.
La decisión fue firmada por la Magistrada Ponente Blanca Rosa Mármol de León y otros magistrados de la Sala, quienes consideraron que la situación de los solicitantes no cumplía con los requisitos necesarios para la concesión de la medida cautelar sustitutiva solicitada.
Extracto de la motiva
“...se observa que la solicitud de extradición formulada por la República de Portugal recae sobre la ciudadana ELDA MARIA DE ANDRADE DE ARAUJO, quien es venezolana por naturalización, casada con un ciudadano venezolano con el cual formó una familia de dos hijos menores, de seis y un año de edad cada uno, residenciada en la ciudad de Caracas, donde su esposo conformó una sociedad denominada “Panadería y Pastelería Virgen del Carmen C.A.”, según consta de documentos cursantes en el expediente”. “...los supuestos que motivan la detención de la ciudadana antes identificada pueden ser satisfechos con cualquiera de las medidas cautelares sustitutivas...por cuanto se trata de un delito que no representa peligrosidad y tampoco ocurre el peligro de fuga, dado que la ciudadana indicada tiene su familia e hijos pequeños en esta ciudad...”. Tal situación no se presenta en el caso de autos, toda vez que del escrito enviado por el país requirente al Ministerio del Interior y Justicia, Dirección General de Justicia y Cultor (folio tres del expediente), se desprende que los ciudadanos DIETMAR BOHNER y HARALD LUIDL “se encuentran entre las personas más buscadas de Austria. Ambos ciudadanos evitaron ser capturados dándose a la fuga hacia el exterior. Se escaparon vía Estambul, hacia los Estado Unidos, donde tienen propiedades (empresas, casas, vehículos) por el orden de varios millones de dólares. De los Estado Unidos viajaron a Caracas, Venezuela, el día 5.11.2005. Según información corroborada (reservaciones de vuelo) ambos ciudadanos tienen planificado regresar a Houston, USA, el sábado 26.11.2005 a la 10:10 horas vuelo de Continental Airlines”.
Dispositiva
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declara NEGADA la solicitud de medida cautelar sustitutiva a favor de los ciudadanos DIETMAR BOHNER y HARALD LOIDL.