Sentencia N° 73 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de marzo de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 073, Exp. C16-334, 13/03/2017
ExpedienteC16-334
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-03-13
DecisiónADMITE la primera denuncia del recurso de casación y CONVOCA a audiencia pública; DESESTIMA la segunda denuncia por manifiestamente infundada.

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admite la primera denuncia del recurso de casación interpuesto por Davso Javier González Torres, en relación a la violación del principio de cosa juzgada, debido a que se condenó a su representado por demandas de las cuales ya se habían realizado transacciones amigables. Se convoca a audiencia pública para resolver este aspecto. Por otro lado, se desestima la segunda denuncia por falta de fundamentación, ya que no se presentaron argumentos claros sobre la supuesta violación de la ley.

Extracto de la motiva

En la presente denuncia esta Sala de Casación Penal advierte que el planteamiento esgrimido por los recurrentes carece de la debida fundamentación, al no indicarse en forma concisa y clara, los motivos en que fijan la denuncia y los preceptos legales que se consideraron violados, bien por falta de aplicación, por indebida aplicación, o por errónea interpretación, tal como lo establece el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal. En este orden, se evidencia que los representantes judiciales del ciudadano Davso Javier González Torres, se limitaron a impugnar de forma genérica la motivación de la sentencia, no pudiendo esta Sala de Casación Penal suplir la actuación propia de los recurrentes, quienes están obligados no sólo a exponer de manera clara y específica cuál es su pretensión, sino además, deben indicar el fin que persiguen con su alegato y la influencia de la infracción en la dispositiva de la sentencia recurrida, que debe ser suficiente y capaz de modificarla. Adicionalmente, resulta oportuno enfatizar que esta Sala de Casación Penal, en sentencia N° 138, del 1 de abril del 2009, indicó respecto a la imposibilidad de corregir las insuficiencias en la fundamentación del recurso de casación, lo siguiente: “(…) las deficiencias en la fundamentación de las denuncias plasmadas en los escritos de casación, no pueden suplirse por la Sala de Casación Penal, ya que excedería las labores de esta instancia, a quien, no le es dado interpretar las pretensiones de quienes recurren (…)”. Se desprende del citado criterio la importancia en cuanto a que todo argumento expuesto en el recurso de casación debe ser claro, preciso y objetivo, con señalamiento exacto de cuál es el vicio atribuido, cómo incidió y el efecto que produjo en la decisión recurrida. Debiendo advertirse además que el carácter restringido del recurso de casación, implica que la interposición del mismo sea muy rigurosa en cuanto a que debe presentarse de manera fundada (argumentos de hecho y de derecho), con la indicación precisa y separada de cada motivo de procedencia denunciado, elementos estos necesarios para poder determinar la presunta violación de la sentencia recurrida. Dichos requisitos no pueden ser vistos como un formalismo no esencial, pues constituyen una garantía para las partes y el Estado, dado el ámbito especial y carácter extraordinario del recurso de casación. En consecuencia, la Sala de Casación Penal desestima por manifiestamente infundada la segunda denuncia del recurso de casación interpuesto por los representantes judiciales del ciudadano Davso Javier González Torres, de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

PRIMERO: ADMITE la primera denuncia del recurso de casación en lo que respecta a la violación del principio de la cosa juzgada al resolver condenar a nuestro poderdante DAVSO JAVIER GONZÁLEZ, por las demandas intentadas por los ciudadanos LÍDICE GABRIELA GARCÍA GRANADILLO y JUAN ALBERTO MONCADA DÍAZ, con los cuales se realizó unas transacciones amigables; SEGUNDO: DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADA la segunda denuncia del recurso de casación interpuesto por los representantes judiciales del ciudadano Davso Javier González Torres.

Palabras clave

casacióncosa juzgadaindemnizacióndañospenal

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