Sentencia N° 73 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de marzo de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 073, Exp. E14-228, 09/03/2015
ExpedienteE14-228
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2015-03-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declara procedente la solicitud de extradición del ciudadano CHIRON SHARROLL FRANCIS, requerido por el Gobierno de los Estados Unidos por el delito de homicidio. La decisión se basa en la existencia de pruebas suficientes y en el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Tratado de Extradición entre ambos países. Se ordena mantener la medida privativa de libertad impuesta al requerido hasta que se haga efectiva su entrega a las autoridades estadounidenses.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Penal pasa a decidir la solicitud de extradición del CHIRON SHARROLL FRANCIS, de nacionalidad estadounidense, natural de Houston, Texas, identificado con el Pasaporte expedido por los Estados Unidos de América N° 131155649, planteada por los Estados Unidos de América, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 29, numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 386 al 390 del Código Orgánico Procesal Penal. Ahora bien, respecto a la extradición, el Estado venezolano obra con un alto sentido de responsabilidad, por una parte acepta la extradición como una obligación moral conforme al Derecho Internacional, pero se reserva la más absoluta libertad en la apreciación para concederla o negarla, tomando en cuenta si en el caso concreto se contrarían los principios de nuestra legislación nacional o no estuviese conforme con la razón y la justicia. En tal sentido, los artículos 6 del Código Penal, 382 y 386 al 390 del Código Orgánico Procesal Penal, recogen los principios básicos que en materia de extradición pasiva establece el derecho positivo venezolano.
Dispositiva
PRIMERO: Declara procedente la solicitud de extradición del ciudadano CHIRON SHARROLL FRANCIS, de nacionalidad estadounidense, natural de Houston, Texas, quien aparece identificado con el Pasaporte expedido por los Estados Unidos de América N° 131155649, por la comisión del delito de Homicidio, planteada por el gobierno de los Estados Unidos de América. SEGUNDO: Se ordena mantener la medida privativa preventiva de libertad impuesta al ciudadano CHIRON SHARROLL FRANCIS, en fecha 14 de junio de 2014, por el Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas, hasta tanto se haga efectiva la entrega del mismo al Gobierno de los Estados Unidos de América.