Sentencia N° 73 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de marzo de 2009

TSJ/SCP, Sent. N° 73, Exp. CC09-053, 17/03/2009
ExpedienteCC09-053
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2009-03-17
DecisiónDECLARA COMPETENTE

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia resolvió un conflicto de competencia entre la Sala Cuarta y la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. El conflicto surgió a raíz de recursos de apelación interpuestos por la defensa de varios ciudadanos acusados de delitos graves, incluyendo secuestro y robo agravado. La Sala determinó que la competencia para conocer de los recursos de apelación corresponde a la Sala Octava, al haber realizado el primer acto de procedimiento en el caso.

Extracto de la motiva

La Sala, para decidir observa: Se advierte que se ha planteado un conflicto de competencia entre las Salas Cuarta y Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de tres (3) recursos de apelación interpuestos en la causa seguida a los ciudadanos acusados MIGUEL ERASMO ARIAS HERNÁNDEZ, WILMER ALBERTO MORA GARCÍA, CARLOS ENRIQUE IRAZÁBAL, REDDY MANUEL LAUCHO MANRÍQUEZ, LUIS FLORES VILLALOBOS Y NOEL ROJAS, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO, ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO y ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificados en los artículos 460, 458, y 286 del Código Penal, y 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio del ciudadano Vicenzo Mazzone Lombardo. A la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, le correspondió conocer del recurso de apelación interpuesto por la defensa del ciudadano WILMER ALBERTO MORA GARCÍA. Y mediante distribución le correspondió conocer de los recursos de apelación interpuestos por la defensa de los ciudadanos MIGUEL ERASMO ARIAS HERNÁNDEZ, WILMER ALBERTO MORA GARCÍA, CARLOS ENRIQUE IRAZÁBAL, REDDY MANUEL LAUCHO MANRÍQUEZ, LUIS FLORES VILLALOBOS Y NOEL ROJAS a la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declinó la competencia para conocer de la causa en la Sala Octava de esa misma Corte de Apelaciones, en virtud de que se trata de tres recursos de apelación consecutivos en una misma causa y que versan sobre el mismo asunto, como lo es el decaimiento de la medida judicial privativa de libertad de los ciudadanos acusados ya nombrados, a los fines de no generar decisiones contradictorias.

Dispositiva

1) DECLARA COMPETENTE a la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. 2) ORDENA a la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas conocer de los recursos de apelación propuestos en la causa seguida contra los ciudadanos acusados MIGUEL ERASMO ARIAS HERNÁNDEZ, CARLOS ENRIQUE IRAZÁBAL, REDDY MANUEL LAUCHO MANRIQUEZ, LUIS FLORES VILLALOBOS Y NOEL ROJAS, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO, ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO y ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificados en los artículos 460, 458, y 286 del Código Penal, y 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos.

Palabras clave

conflicto de competenciaapelaciónmedida privativa de libertaddelitos conexosCódigo Orgánico Procesal PenalCorte de ApelacionesTribunal Supremo de Justicia

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