Sentencia N° 726 — Sala de Casación Penal del TSJ, 18 de noviembre de 2015

TSJ/SCP, Sent. N° 726, Exp. C15-357, 18/11/2015
ExpedienteC15-357
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-11-18
DecisiónDesestima por manifiestamente infundado

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de BENKERLYS RANSÉS FIGUERA GARCÍA, quien fue condenado a 16 años y 6 meses de prisión por homicidio intencional calificado y uso indebido de arma de fuego. La defensa alegó falta de motivación en la sentencia de la Corte de Apelaciones, argumentando que no se resolvieron adecuadamente los planteamientos expuestos en el recurso de apelación. Sin embargo, la Sala concluyó que el recurrente no demostró cómo la Corte de Apelaciones incumplió su deber de ofrecer una solución fundamentada y clara sobre los puntos alegados.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir observa: En el presente caso, el recurrente denuncia ante la Sala de Casación Penal la violación de la Ley por falta de aplicación de lo estipulado en el encabezamiento del artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, señalando que la sentencia dictada por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar, estaría incursa en el vicio de inmotivación. Alega el recurrente, luego de realizar un análisis de lo que, en su criterio, consiste en el vicio de inmotivación, citando doctrina al respecto y la disposición legal supuestamente infringida, que la Corte de Apelaciones declaró: “... SIN LUGAR el recurso interpuesto ante la única denuncia formulada por la defensa, siendo ésta la FALTA DE MOTIVACIÓN POR ILOGICIDAD MANIFIESTA, de la sentencia condenatoria con el numeral 2 del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal, no indicando el por qué consideró la Corte de Apelaciones que la Sentencia estaba debidamente fundamentada ...”, pero, más allá de tal afirmación, no se desprende de lo denunciado una fundamentación orientada a demostrar de forma evidente el vicio atribuido al fallo recurrido, por cuanto, lo planteado en la presente denuncia, se enfoca en analizar incidencias propias del Tribunal de Juicio, como lo es el análisis de los medios probatorios, pues, a juicio del recurrente, de lo declarado por los testigos en el juicio oral no “... podría desprenderse responsabilidad penal alguna de mi defendido ...”.

Dispositiva

Por todo lo antes expuesto, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el Recurso de Casación interpuesto por la defensa privada del ciudadano BENKERLYS RANSÉS FIGUERA GARCÍA, titular de la cédula de identidad número 26.744.548, contra la sentencia dictada, el 4 de mayo de 2015, por la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, extensión Ciudad Bolívar, en el proceso seguido contra el mencionado ciudadano, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados, respectivamente, en los artículos 406, numeral primero (tercer supuesto) y 277, ambos del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos Mirsha Manuel Flores Ramos y Gómez Romero Jean Carlos José, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 454 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

Homicidio IntencionalUso Indebido de Arma de FuegoRecurso de Casación

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