Sentencia N° 72 — Sala de Casación Penal del TSJ, 26 de febrero de 2026
TSJ/SCP, Sent. N° 072, Exp. E26-110, 26/02/2026
ExpedienteE26-110
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradición
Fecha de la decisión2026-02-26
DecisiónSe acuerda NOTIFICAR a las autoridades de la República Argentina sobre la detención de la ciudadana ROSA MARÍA GONZÁLEZ RINCÓN.
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia decidió notificar a las autoridades de Argentina sobre la detención de ROSA MARÍA GONZÁLEZ RINCÓN, solicitada por la presunta comisión del delito de Asociación Ilícita. La decisión se basa en la Notificación Roja emitida por INTERPOL y establece un término perentorio de 60 días para que Argentina presente la solicitud formal de extradición y la documentación necesaria. En caso de no recibir la documentación en el plazo estipulado, se ordenará la libertad de la ciudadana.
Extracto de la motiva
motiva la solicitud de entrega, defina la participación atribuida en el inculpado y precisen la pena aplicable. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 9 de 16 Artículo 366. La extradición puede solicitarse telegráficamente y, en ese caso, los documentos mencionados en el artículo anterior se presentarán al país requerido o a su Legación o Consulado general en el país requirente, dentro de los dos meses siguientes a la detención del inculpado. En su defecto será puesto en libertad. (…) Artículo 377. La persona entregada no podrá ser detenida en prisión ni juzgada por el Estado contratante a quien se entregue por un delito distinto del que hubiere motivado la extradición y cometido con anterioridad a la misma, salvo que consienta en ello el Estado requerido o que permanezca el extraditado libre en el primero tres meses después de juzgado y absuelto por el delito que originó la extradición o de cumplida la pena de privación de libertad impuesta. (…) Artículo 380. El detenido será puest
Dispositiva
Se acuerda NOTIFICAR a las autoridades de la República Argentina, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir de su efectiva notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria.