Sentencia N° 72 — Sala de Casación Penal del TSJ, 11 de marzo de 2014
TSJ/SCP, Sent. N° 072, Exp. CC13-290, 11/03/2014
ExpedienteCC13-290
PonenteYANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ
MateriaPenal
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2014-03-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, resolvió un conflicto de competencia entre el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control y el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer, ambos del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Se determinó que el Tribunal Tercero es competente para conocer de la causa seguida al ciudadano Carlos Argenis Rosales Subero por la presunta comisión de delitos de violencia psicológica y amenaza, tipificados en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La Sala fundamentó su decisión en la normativa que establece la competencia de los tribunales en casos de violencia de género, destacando la importancia de aplicar efectivamente la ley para garantizar los derechos de las mujeres. Se enfatizó que la competencia no solo depende de la existencia de una mujer como víctima, sino de la naturaleza de los delitos y su relación con la violencia de género.
Finalmente, se ordenó remitir copia certificada de la decisión al Tribunal Quinto para que se proceda conforme a lo decidido, asegurando así el cumplimiento de la ley y la protección de los derechos de la víctima.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, resolver el conflicto de no conocer surgido entre el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control y el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, ambos del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa seguida al ciudadano CARLOS ARGENIS ROSALES SUBERO. En el expediente se puede observar que el Fiscal Adscrito a la Sala de Flagrancia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, abogado KEYVER PEÑA, presentó ante el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, al ciudadano CARLOS ARGENIS ROSALES SUBERO, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y AMENAZA, tipificados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con las agravantes del artículo 65 numerales 1 y 3 ejusdem, y DESCARGA DE ARMA DE FUEGO EN LUGARES HABITADOS O PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 109 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio de la ciudadana víctima. Al mismo tiempo, se puede evidenciar en el folio uno (01) del expediente en la declaración que hace la ciudadana víctima, que la acción la ejerce una persona del sexo masculino en contra de la víctima del sexo femenino, cuando declara que: '…llegó el ciudadano CARLOS ARGENIS ROSALES, con una pistola en la mano y saltó el muro de mi casa, ingresando a la misma y lanzando varios tiro (sic)…'. De lo anteriormente expuesto, la Sala Penal observa que, en el caso bajo examen, el proceso penal que dio origen al presente conflicto de competencia, se inició por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y AMENAZA, tipificados en los artículo 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, respectivamente; con las agravantes del artículo 65 numerales 1 y 3 ejusdem, y DESCARGA DE ARMA DE FUEGO EN LUGARES HABITADOS O PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 109 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control y el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, ambos del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Declara COMPETENTE al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer la causa seguida al ciudadano CARLOS ARGENIS ROSALES SUBERO, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA y AMENAZA, tipificados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con las agravantes del artículo 65 numerales 1 y 3 ejusdem, y DESCARGA DE ARMA DE FUEGO EN LUGARES HABITADOS O PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 109 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones. TERCERO: ORDENA REMITIR, copia certificada de la presente decisión al Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente.
Palabras clave
conflicto de competenciaviolencia de géneroderechos de las mujeres