Sentencia N° 711 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de diciembre de 2007
TSJ/SCP, Sent. N° 711, Exp. C07-0487, 13/12/2007
ExpedienteC07-0487
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La sentencia se refiere a la solicitud de aclaratoria presentada por el abogado de María Mercedes González Sánchez, quien cuestiona la desestimación de un recurso de casación. La Sala aclara que no se puede revisar el caso ya sentenciado y que la naturaleza de la aclaratoria es precisar puntos confusos sobre las consecuencias jurídicas de la decisión. Se reafirma que al alegar error de derecho, se deben respetar los hechos dados por probados.
Extracto de la motiva
Al respecto, la Sala en reiterada, pacífica jurisprudencia y doctrina ha declarado que: “…cuando se alega error de derecho… de una norma sustantiva, se deben respetar los hechos dados por probados, pues, si se cuestiona el establecimiento de los hechos, mal podría alegarse error de derecho en la calificación jurídica del delito…”. (Sentencia Nº 116 del 30 de marzo de 2007). En este sentido, la sentencia objeto de la presente aclaratoria, se basta a sí misma en su motiva y dispositiva, por lo cual no puede pretenderse una nueva revisión del caso ya sentenciado por la Sala, pues, la naturaleza de la aclaratoria es precisar puntos confusos en cuanto a las consecuencias jurídicas de la decisión.
Dispositiva
Quedando en estos términos, resuelta la aclaratoria presentada por el abogado defensor de la ciudadana MARÍA MERCEDES GONZÁLEZ SÁNCHEZ.
Palabras clave
aclaratoriarecurso de casaciónerror de derechohechos probadosdelitotrafico ilícitosustancias estupefacientes