Sentencia N° 71 — Sala de Casación Penal del TSJ, 17 de febrero de 2016
TSJ/SCP, Sent. N° 071, Exp. E15-342, 17/02/2016
ExpedienteE15-342
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2016-02-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, dictó sentencia sobre la solicitud de extradición del ciudadano ORLANDO AUGUSTO ISAZA RODRÍGUEZ, requerido por el Gobierno de Colombia por el delito de homicidio agravado. La Sala declaró su competencia para conocer del procedimiento de extradición, pero al no recibir la documentación necesaria por parte del gobierno colombiano dentro del plazo establecido, se ordenó la libertad sin restricciones del solicitado. La decisión se fundamenta en el artículo 388 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece la libertad del aprehendido si no se presenta la solicitud formal de extradición en el tiempo estipulado.
Extracto de la motiva
El Estado venezolano, con relación al procedimiento de extradición, sea ésta activa o pasiva, verifica las condiciones de su procedencia, con un alto sentido de responsabilidad, por lo tanto, reconoce la extradición como una obligación moral, en consonancia con los principios del Derecho Internacional. No obstante, de acuerdo con su autodeterminación, se reserva la más absoluta libertad para conceder o negar la solicitud de extradición, si en el caso concreto se contrarían los principios de nuestra legislación nacional, o si bien no estuviese conforme con la razón y la justicia. Para ello, la Sala se rige por el contenido del artículo 69 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en Gaceta Oficial N° 36.860, del 30 de diciembre de 1999, reimpresa en la Gaceta Oficial N° 5.453, Extraordinario, del 24 de marzo de 2000, con enmienda publicada en Gaceta Oficial N° 5.908 Extraordinario, de fecha 19 de febrero de 2009; el artículo 6 del Código Penal, publicado en Gaceta Oficial N° 5.763, Extraordinario, del 16 de marzo de 2005, reimpreso en Gaceta Oficial N° 5.768, Extraordinario, del 13 de abril de 2005; y los artículos 382, 386, 387 y 388, todos del Código Orgánico Procesal Penal, publicado en Gaceta Oficial N° 6.078, Extraordinario, del 15 junio de 2012, que establecen los principios fundamentales que tutelan el procedimiento de extradición.
Dispositiva
PRIMERO: DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano ORLANDO AUGUSTO ISAZA RODRÍGUEZ, natural de Inírida, Colombia y portador de la cédula de identidad venezolana número 27.534.723, sin perjuicio de acordar nuevamente la privación de libertad si posteriormente se recibe dicha documentación, todo en virtud de lo establecido en el artículo 388 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ORDENA el cese de la medida judicial privativa preventiva de libertad decretada al ciudadano ORLANDO AUGUSTO ISAZA RODRÍGUEZ, natural de Inírida, Colombia y portador de la cédula de identidad venezolana número 27.534.723, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas. En consecuencia, se ordena al tribunal antes referido, ejecute la presente decisión. TERCERO: ORDENA el ARCHIVO del expediente contentivo de la solicitud de detención con fines de extradición del ciudadano ORLANDO AUGUSTO ISAZA RODRÍGUEZ.