Sentencia N° 71 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de febrero de 2008

TSJ/SCP, Sent. N° 071, Exp. A07-0567, 12/02/2008
ExpedienteA07-0567
PonenteDEYANIRA NIEVES BASTIDAS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-02-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por Fernando Guzmán Fajardo, quien alegó violaciones a sus derechos fundamentales durante el proceso penal en su contra. La Sala se declaró competente para conocer el caso y ordenó la paralización del proceso en el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia, solicitando el expediente original para su revisión. La decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar el debido proceso y la defensa del solicitante.

Extracto de la motiva

La naturaleza de los alegatos expuestos en la presente solicitud de avocamiento está relacionada con un juicio penal, por ello, la Sala de Casación Penal, se declara competente para conocer y decidir al respecto. Así se declara. El ciudadano FERNANDO GUZMÁN FAJARDO señaló en su solicitud lo siguiente: “...En la mencionada causa, se han vulnerado en forma reiterada, garantías fundamentales a mi persona, con manifiesta injusticia, evidente desequilibrio y desorden procesal, incurriéndose en violación al Derecho a la Defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y a las garantías mínimas establecidas en el artículo 8 de la Convención Americana Sobre los Derechos Humanos y artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, ratificados por la República de Venezuela, todo lo cual quedará evidenciado en la narración que de seguidas realizaré:…(Omissis)…

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la Ley, ADMITE la solicitud de avocamiento presentada por el ciudadano FERNANDO GUZMÁN FAJARDO, asistido del abogado Arturo López Masso y acuerda solicitar al Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el expediente original y todos los recaudos relacionados con la referida causa y ordena paralizar el proceso, de acuerdo a lo establecido en el aparte 12 del artículo 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

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