Sentencia N° 704 — Sala de Casación Penal del TSJ, 6 de noviembre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 704, Exp. C15-309, 06/11/2015
ExpedienteC15-309
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-11-06
DecisiónDesestima por Inadmisible el Recurso de Casación
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la abogada Yuraima Madrid Piña, en representación del ciudadano Aliover Ramón Ibarra Henríquez. La decisión recurrida había confirmado la negativa a la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad impuesta al acusado. La Sala fundamenta su decisión en que la impugnación no es procedente en casación, dado que no se trata de una sentencia definitiva ni de una decisión interlocutoria con fuerza de definitiva.
Extracto de la motiva
La impugnante alega en el escrito contentivo del recurso de casación ejercido, que de acuerdo a la revisión exhaustiva de las actas procesales, se puede constatar con meridiana claridad que en el presente caso su defendido ha permanecido privado judicialmente de libertad por más de dos años sin que se hubiese producido sentencia definitiva, lo que no es imputable a su patrocinado, ni a la defensa. Razón por la cual solicita a esta Sala de Casación Penal declare con lugar la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el ciudadano ALIOVER RAMÓN IBARRA HENRÍQUEZ.
Dispositiva
PRIMERO: DESESTIMA por INADMISIBLE el RECURSO DE CASACIÓN interpuesto, el 16 de junio 2015, por la abogada YURAIMA MADRID PIÑA, en su carácter de defensora del ciudadano ALIOVER RAMÓN IBARRA HENRÍQUEZ, contra la decisión dictada por la Sala Núm. 2 de la Corte de Apelaciones del estado Zulia, el 2 de junio de 2015, que declaró SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por la recurrente el 31 de marzo de 2015, y CONFIRMÓ la decisión dictada el 25 de marzo de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad del referido ciudadano; ello, con fundamento en lo previsto en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 451 del mismo texto legal.
Palabras clave
recurso de casaciónprivación de libertadhomicidioderechos humanosjusticia penal