Sentencia N° 701 — Sala de Casación Penal del TSJ, 8 de diciembre de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 701, Exp. 05-0519, 08/12/2005
Expediente05-0519
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2005-12-08
DecisiónInadmisible

Resumen

Los ciudadanos William Alexis Ramírez García y Antonio Ramón Moreno Redondo solicitaron la avocación de su causa por presuntas violaciones a sus derechos humanos y garantías. La Sala de Casación Penal, tras analizar la solicitud, concluyó que no se evidencian las condiciones necesarias para aceptar el avocamiento, ya que la causa se encontraba en etapa de constitución del Tribunal y no se demostraron las alegadas violaciones al debido proceso.

Extracto de la motiva

El avocamiento, es una figura jurídica establecida en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que le confiere, la facultad para conocer bien sea de oficio o a petición de parte, cualquier causa en el estado y grado en que se encuentre, en los tribunales de instancia. Sobre esta institución legal, la Sala Penal ha fijado criterio en cuanto a las condiciones concurrentes que delimitan el ámbito de aplicación del avocamiento; al establecer que éste, sólo será procedente en un caso grave o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudique ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública, la decencia o la institucionalidad democrática venezolana, o cuando no se hayan atendido o fueren mal tramitados lo recursos ordinarios y extraordinarios que buscan restituir la situación jurídica infringida, ejercidos por los interesados. Así mismo, la Sala que esté conociendo del avocamiento, revisará que la materia sea de su competencia y que las irregularidades que se alegan, hayan sido oportunamente reclamadas sin éxito en la instancia mediante los recursos pertinentes practicados por las partes, aunado a los anteriores requisitos el solicitante debe presentar la acción acompañada con los documentos indispensables para verificar su admisibilidad o no.

Dispositiva

En atención a todas las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por los ciudadanos William Alexis Ramírez García y Antonio Ramón Moreno Redondo. Publíquese, regístrese y archívese.

Palabras clave

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