Sentencia N° 70 — Sala de Casación Penal del TSJ, 13 de marzo de 2017

TSJ/SCP, Sent. N° 070, Exp. C17-47, 13/03/2017
ExpedienteC17-47
PonenteFRANCIA COELLO GONZÁLEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2017-03-13
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por la abogada Edita Frontado Jiménez, en representación de Aron José Rondón Franco, contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas. La Sala determinó su competencia para conocer del recurso y revisó los requisitos de admisibilidad establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal observa que el recurso de casación fue interpuesto por la defensa, el 30 de septiembre de 2016 y no el 27 de septiembre de 2016, como erróneamente fue señalado en la certificación secretarial cursante al folio 197 del cuaderno de apelación, tal como consta en el comprobante de recepción de documentos de esa misma fecha, cursante al folio 188 del referido cuaderno de apelación. Del cómputo anteriormente transcrito y de las actas cursantes al expediente, se observa que el referido medio impugnativo fue ejercido al décimo sexto día de despacho siguiente a la notificación de las últimas de las partes, es decir, fue incoado fuera del plazo de quince (15) días previsto en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que considera esta Sala de Casación Penal que el recurso de casación interpuesto por la abogada Edita Frontado Jiménez, es extemporáneo.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto, el 30 de septiembre de 2016, por la abogada Edita Frontado Jiménez, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano ARON JOSÉ RONDÓN FRANCO, contra la decisión dictada el 5 de septiembre de 2016 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, de conformidad con lo previsto en los artículos 454 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.

Palabras clave

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