Sentencia N° 70 — Sala de Casación Penal del TSJ, 12 de marzo de 2013
TSJ/SCP, Sent. N° 070, Exp. A13-56, 12/03/2013
ExpedienteA13-56
PonenteHéctor Manuel Coronado Flores
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2013-03-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Federico Bottini Acuña en representación de Juan Francisco Correa Lira, quien enfrenta acusaciones de violencia sexual. La solicitud se fundamenta en la alegación de que el Juzgado Accidental de Control cambió la calificación jurídica de los hechos, lo que podría vulnerar los derechos del imputado. La Sala decidió solicitar el expediente original al juzgado de origen para revisar el caso y determinar la procedencia del avocamiento.
Extracto de la motiva
El avocamiento es una institución jurídica de carácter excepcional que le otorga al Tribunal Supremo de Justicia, en todas sus Salas, la facultad de solicitar, en cualquier estado de la causa, bien de oficio o a instancia de parte, el expediente de cuyo trámite esté conociendo, a cualquier tribunal, independientemente de su jerarquía y especialidad y, una vez recibido, resolver si asume directamente el conocimiento del caso, o en su defecto, lo asigna a otro tribunal. La Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el artículo 107, establece que el avocamiento será ejercido con suma prudencia y sólo en caso de graves desórdenes procesales o de escandalosas violaciones al ordenamiento jurídico que perjudiquen ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, la paz pública o la institucionalidad democrática. Además, en el artículo 108 de la referida Ley, se establecen como condiciones de admisibilidad del avocamiento, que el asunto curse ante algún tribunal de la República, independientemente de su jerarquía y especialidad o de la etapa o fase procesal en que se encuentre y que las irregularidades que se aleguen hayan sido oportunamente reclamadas sin éxito en la instancia a través de los medios ordinarios.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, admite la solicitud de avocamiento presentada por el abogado FEDERICO BOTTINI ACUÑA, en su carácter de defensor privado del ciudadano JUAN FRANCISCO CORREA LIRA, y acuerda solicitar con la urgencia del caso al Juzgado Accidental de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, el expediente original signado con el número FP12-S-2012-000809, y todos los recaudos relacionados con referida causa seguida al nombrado ciudadano, por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual Agravada, previsto en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. Así se decide.
Palabras clave
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