Sentencia N° 7 — Sala de Casación Penal del TSJ, 16 de febrero de 2022
TSJ/SCP, Sent. N° 007, Exp. E22-29, 16/02/2022
ExpedienteE22-29
PonenteJUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2022-02-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia dictó una decisión sobre la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana Dugleida Carilita Miseli Carmona, requerida por la República Francesa por delitos graves. Se acordó notificar a la República Francesa sobre el término perentorio de sesenta días para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación necesaria. En caso de no cumplirse con este requerimiento, se ordenará la libertad de la ciudadana.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Determinada la competencia, pasa esta Sala de Casación Penal a decidir la procedencia de la extradición pasiva y, en tal sentido, observa: a) En cuanto a las Prescripciones de Derecho Internacional: Entre la República Francesa y la República Bolivariana de Venezuela, existe una Convención de Extradición suscrita en Caracas, el 24 de noviembre de 2012, la cual fue aprobada por la República Bolivariana de Venezuela mediante Ley Aprobatoria publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.118, del 26 de febrero de 2013. Dicha Convención sobre la materia en particular, dispone lo siguiente: “(…) Artículo I Objeto Las Partes se comprometen a entregarse recíprocamente, previa solicitud efectuada según las reglas y condiciones determinadas en este Convenio y de acuerdo a sus disposiciones constitucionales, las personas que se encuentren en sus territorios, requeridas
Dispositiva
NOTIFICAR a la República Francesa, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos, que tiene, a partir del día siguiente a la fecha en que se efectúe su notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición pasiva de la ciudadana DUGLEIDA CARILITA MISELI CARMONA.