Sentencia N° 7 — Sala de Casación Penal del TSJ, 22 de enero de 2004
TSJ/SCP, Sent. N° 007, Exp. C03-0388, 22/01/2004
ExpedienteC03-0388
PonenteRafael Pérez Perdomo
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2004-01-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara declaró con lugar el recurso de apelación y anuló el fallo del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal. Posteriormente, se propuso un recurso de casación por la abogada de las víctimas, alegando infracciones a varios artículos de la Constitución y del Código Orgánico Procesal Penal. La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, al revisar el caso, determinó que la decisión impugnada no era susceptible de ser impugnada en casación, ya que no ponía fin al juicio ni impedía su continuación.
Extracto de la motiva
El Código Orgánico Procesal Penal (artículo 459), establece que el recurso de casación, sólo podrá ser propuesto contra las sentencias de las Cortes de Apelaciones que resuelvan sobre la apelación, sin ordenar la realización de un nuevo juicio, cuando el Ministerio Público haya pedido en la acusación o la víctima en su acusación particular o en su acusación privada, la aplicación de una pena privativa de libertad que en su límite máximo exceda de cuatro años o la sentencia condene a penas superiores a esos límites. Asimismo, dispone que, dentro de los supuestos señalados, serán impugnables las decisiones de las Cortes de Apelaciones que confirmen o declaren la terminación del proceso o hagan imposible su continuación. La decisión impugnada, la cual anuló el fallo apelado y ordenó remitir las actuaciones a un Juzgado de Juicio, para que fijara el acto de informes y dictara nueva sentencia, no es susceptible de ser impugnada en casación, pues, la misma no pone fin al juicio ni impide su continuación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, desestima, por inadmisible, el recurso de casación propuesto por la apoderada judicial de las víctimas.
Palabras clave
recurso de casacionCorte de ApelacionesCódigo Orgánico Procesal Penalinfraccióndecisiónpenaljusticiaremisión