Sentencia N° 697 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de octubre de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 697, Exp. C25-249, 31/10/2025
ExpedienteC25-249
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-10-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de octubre de 2025, desestimó el Anuncio de Recurso de Casación interpuesto por la abogada Josefina Méndez, actuando en representación de las víctimas. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos formales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, lo que llevó a declarar el anuncio como manifiestamente infundado. La decisión impugnada había sido dictada por la Corte de Apelaciones el 16 de octubre de 2024, la cual declaró sin lugar el recurso de apelación presentado por la misma abogada.

Extracto de la motiva

El recurso de casación, solo podrá ser ejercido por quienes estén debidamente legitimados y en contra de aquellas decisiones explícitamente determinadas en la Ley. Asimismo, solo debe ser interpuesto en estricto acatamiento a los parámetros delimitados en los artículos expuestos ut supra, tanto en tiempo como en forma, previa verificación de cada una de las exigencias anteriormente señaladas. Las disposiciones generales que rigen la materia recursiva en el proceso penal se encuentran previstas en los artículos 423 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. Dichas normas delimitaron el régimen objetivo de impugnación, la legitimación activa para recurrir y las condiciones generales de admisibilidad de los recursos, constituyendo el marco jurídico que ordena la interposición y tramitación de las impugnaciones en sede penal. El artículo 423 consagra el principio de la impugnabilidad objetiva: las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos por la ley. Ese principio impone una limitación normativa a la posibilidad de control de las resoluciones judiciales, obligando a respetar los cauces legales predeterminados para la impugnación y prohibiendo la ampliación por vías interpretativas que contradigan la taxatividad del legislador. El recurso de casación se regula en el Código Orgánico Procesal Penal a partir del artículo 451 y siguientes. El ordenamiento procesa la casación como una vía extraordinaria de control que sólo procede respecto de las decisiones expresamente autorizadas por la ley y dentro de las causales taxativamente enumeradas. La normativa aplicable fija, además, el procedimiento de interposición y las exigencias formales y sustantivas que deben cumplirse para que la Sala de Casación Penal conozca del recurso. Para que la Sala de Casación Penal admita y conozca del recurso de casación deben concurrir de manera simultánea y estricta los siguientes requisitos: 1. Legitimación para recurrir: que la persona que interpone el recurso esté legalmente legitimada conforme a las reglas del código. La ausencia de legitimación determina la inadmisibilidad del recurso. 2. Tempestividad: que el recurso sea interpuesto dentro del lapso legalmente establecido. La presentación extemporánea autoriza declarar la inadmisibilidad. 3. Recurribilidad de la decisión: que la resolución impugnada sea expresamente recurrible en casación según lo previsto en la ley. Si la decisión no es objeto de casación por disposición legal, corresponde negar su admisión.

Dispositiva

Se declara DESESTIMADO POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el ‘...Anuncio de Recurso de Casación...’ interpuesto por la ciudadana Josefina Méndez, abogada inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 80.920, actuando en su carácter de apoderada judicial de la representante de las víctimas.

Palabras clave

recurso de casaciónlegitimaciónadmisibilidadCódigo Orgánico Procesal Penalimpugnaciónjusticiaderechoproceso penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca