Sentencia N° 695 — Sala de Casación Penal del TSJ, 30 de octubre de 2015
TSJ/SCP, Sent. N° 695, Exp. C15-427, 30/10/2015
ExpedienteC15-427
PonenteELSA JANETH GÓMEZ MORENO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2015-10-30
DecisiónDesestima por inadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, desestima por inadmisible el recurso de casación interpuesto por Humberto Decarli Rodríguez, quien había solicitado la nulidad de la acusación fiscal en su contra por el delito de lesiones genéricas en riña. La Sala determina que la decisión recurrida no es impugnable por no confirmar ni declarar la terminación del proceso, sino que simplemente confirma la decisión del Juzgado Décimo de Primera Instancia Municipal que había declarado improcedente la solicitud de nulidad.
Extracto de la motiva
El recurso de casación es un medio de impugnación de carácter extraordinario, regido por disposiciones legales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, que exigen para su interposición y admisibilidad una serie de requisitos de obligatoria observancia y cumplimiento. En este contexto, se concluye que el recurso de casación sólo podrá ser ejercido por quienes estén debidamente legitimados y contra aquellas decisiones explícitamente determinadas en la Ley. Así mismo, sólo debe ser interpuesto en estricto acatamiento a los parámetros delimitados en los artículos expuestos ut supra, tanto en tiempo como en forma, con verificación de cada una de las exigencias previamente señaladas.
Dispositiva
Por todas las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DESESTIMA POR INADMISIBLE el Recurso de Casación interpuesto por el ciudadano abogado HUMBERTO DECARLI RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 9.928, en su carácter de imputado en la presente causa y en representación propia, conforme con lo establecido en los artículos 451 y 457, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Palabras clave
inmotivaciónrecurso de casaciónderechosdefensatutela judicial