Sentencia N° 69 — Sala de Casación Penal del TSJ, 10 de marzo de 2023
TSJ/SCP, Sent. N° 069, Exp. C22-365, 10/03/2023
ExpedienteC22-365
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2023-03-10
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa de JUNIOR ENRIQUE BRITO AGUILERA, por haber sido presentado de forma extemporánea. La decisión se basa en el incumplimiento de los plazos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la interposición de recursos de casación. La sentencia confirmaba la condena de 17 años y 4 meses de prisión por los delitos de violencia sexual agravada y porte ilícito de arma de fuego.
Extracto de la motiva
Observándose de las disposiciones normativas transcritas, que el control casacional de las decisiones dictadas por las Cortes de Apelaciones, solo procederá cuando el recurso sea interpuesto dentro del lapso legal contra las decisiones que resuelvan el recurso de apelación ejercido sin ordenar la realización de un nuevo juicio, siempre que el Fiscal del Ministerio Público en su acusación o la víctima en su acusación particular propia o privada, hayan solicitado la aplicación de una pena privativa de libertad que, en su límite máximo, exceda de cuatro (04) años; o cuando no habiéndose solicitado esta penalidad, la sentencia condene a penas superiores a este límite.
Dispositiva
Se declara INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso de casación ejercido por el profesional del derecho Asdrúbal José Placeres Aguey, defensor privado del ciudadano JUNIOR ENRIQUE BRITO AGUILERA.
Palabras clave
casacióninadmisibilidadviolencia sexualderechos de las mujeres