Sentencia N° 689 — Sala de Casación Penal del TSJ, 31 de octubre de 2025

TSJ/SCP, Sent. N° 689, Exp. C25-569, 31/10/2025
ExpedienteC25-569
PonenteCARMEN MARISELA CASTRO GILLY
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2025-10-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia desestima el recurso de casación interpuesto por la abogada Sobeidy Sangronis Ojeda en representación de LARRY DANIELO NOGUERA SUÁREZ, quien fue condenado a 27 años, 7 meses y 15 días de prisión por el delito de violencia sexual agravada. La decisión de la Corte de Apelaciones que declaró sin lugar el recurso de apelación fue confirmada, al no cumplir con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal para la admisibilidad del recurso de casación.

Extracto de la motiva

No puede concluir Ciudadanos Magistrados, la Corte de Apelaciones que no me asiste la razón, simplemente al indicar que el Tribunal realizó lo conducente para que se llevara a cabo la realización de la ya tantas veces menciona prueba, incurre así en una errónea interpretación, toda vez que de nada sirve que el Tribunal haya realizado lo pertinente, SI EL JUICIO CONCLUYO Y LA PRUEBA DEBIDAMENTE ACORDADA POR EL MINISTERIO PUBLICO Y LA CUAL REPRESENTA UN ESLABÓN FUNDAMENTAL PARA DEMOSTRAR LA INOCENCIA DE MI DEFENDIDO NO SE REALIZÓ. El Tribunal de Juicio en representación del Estado Venezolano y con la fiel labor de darle cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 Constitucional, tenía el deber de garantizar la realización de dicha prueba y la Corte de Apelaciones por su parte al percatarse de que no existía en el proceso objeto de ataque, resultado alguno de la prueba en cuestión y que el juicio se terminó sin contar con dicho resultado, lo cual enlutaba de sobre manera la sentencia emitida; debió entonces la Corte de Apelaciones, anular dicha decisión y ordenar la realización de un Juicio nuevo con un juez distinto que además de realizar todo lo conducente.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA, POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO el RECURSO DE CASACIÓN, interpuesto por la abogada Sobeidy Sangronis Ojeda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 103.097, actuando como defensora privada en el proceso penal seguido a su defendido, el ciudadano LARRY DANIELO NOGUERA SUÁREZ, titular de la cédula de identidad número V-15.460.873, en contra de la decisión emitida, el 21 de enero de 2025, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental.

Palabras clave

violencia sexualcasaciónderechos humanosjusticia penal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca