Sentencia N° 683 — Sala de Casación Penal del TSJ, 1 de diciembre de 2005

TSJ/SCP, Sent. N° 683, Exp. E05-0422, 01/12/2005
ExpedienteE05-0422
PonenteALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS
MateriaPenal
Tipo de recursoExtradicion
Fecha de la decisión2005-12-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara procedente la solicitud de extradición del ciudadano Carlos Enrique González Crespo, solicitado por el Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. La solicitud se fundamenta en la existencia de una acusación presentada por el Ministerio Público y en la privación judicial preventiva de libertad dictada en su contra por delitos relacionados con la apropiación y distracción de recursos de un banco o institución financiera.

Extracto de la motiva

La Sala Penal hace constar que existe un tratado de extradición entre la República Bolivariana de Venezuela y los Estados Unidos de América, país requerido y en el cual se halla el posible extraditable. Desde otra vertiente, la Sala observa que no está prescrita la acción penal para perseguir estos delitos y por consiguiente no existe ningún obstáculo legal para continuar con su enjuiciamiento en territorio venezolano. El Tratado de Extradición en referencia, suscrito y ratificado entre Venezuela y los Estados Unidos de América, fue firmado en Caracas el 19 de enero de 1922 y está aún vigente. En su artículo I dispone que los Estados Firmantes “convienen en entregar a la justicia, mediante petición hecha conforme a lo que en este Convenio se dispone, a todos los individuos acusados o convictos de cualquiera de los delitos cometidos dentro de la jurisdicción de una de las Altas Partes Contratantes y especificados en el artículo II de este Convenio...”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano CARLOS ENRIQUE GONZÁLEZ CRESPO, debidamente identificado y actualmente en los Estados Unidos de América. Dicha extradición deberá solicitarse a los Estados Unidos de América. A tal efecto se dispone enviar al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Interior y Justicia, copia certificada de esta decisión.

Palabras clave

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