Sentencia N° 681 — Sala de Casación Penal del TSJ, 4 de diciembre de 2007

TSJ/SCP, Sent. N° 681, Exp. 07-0369, 04/12/2007
Expediente07-0369
PonenteMIRIAM MORANDY MIJARES
MateriaPenal
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-12-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La sentencia se refiere a la inadmisibilidad del recurso de revisión interpuesto por el abogado Alberto González en nombre de varios penados. La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia argumenta que el recurso no cumple con las formalidades legales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, específicamente en relación a la falta de pruebas y la incongruencia en la fundamentación del trámite. Se recuerda a los penados que pueden intentar nuevamente el recurso de revisión bajo motivos distintos.

Extracto de la motiva

El recurso de revisión de sentencia es una demanda nueva de puro Derecho, independiente del proceso con el que se vincula, por lo que se debe observar la norma adjetiva en la cual se sustenta y no atacar la errónea aplicación o interpretación de la norma sustantiva ni los vicios en la aplicación de la norma adjetiva (errores in iudicando o in procedendo). Por su particular naturaleza, no debe sustentarse únicamente en la manifestación del recurrente, debe fundarse en pruebas que posibiliten cuestionar la sentencia que ha adquirido la calidad de cosa juzgada formal y material. En el presente caso, el recurrente considera que a título de revisión de sentencia, puede realizar una serie de denuncias como si se tratara de un recurso de casación, olvidando el solicitante que el Tribunal de Juicio en uso de las facultades otorgada por la ley “valoró las pruebas según la sana crítica” y emitió sentencia condenatoria, en el fenecido proceso. Además de que sus denuncias pudieron ser esgrimidas bien en recurso ordinario o extraordinario establecidos por la ley.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de revisión interpuesto por el por el ciudadano abogado ALBERTO GONZÁLEZ, Defensor de los ciudadanos penados VIDAL RAMÍREZ RAVELO, SANTIAGO CLEMENTE, BLAS EDUARDO LÓPEZ CASTILLO y JORGE NELSON GUERRERO, contra la sentencia dictada en fecha 21 de diciembre de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre.

Palabras clave

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