Sentencia N° 680 — Sala de Casación Penal del TSJ, 9 de diciembre de 2008
TSJ/SCP, Sent. N° 680, Exp. A08-257, 09/12/2008
ExpedienteA08-257
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2008-12-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por el abogado Horacio Morales León en favor de Jesús David Monserrat Cova. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley para la admisión de este tipo de solicitudes, así como en la ausencia de graves violaciones al ordenamiento jurídico que justifiquen la intervención del Tribunal Supremo.
Extracto de la motiva
La defensa del ciudadano, JESUS DAVID MONSERRAT COVA, expresó en su solicitud de avocamiento, lo siguiente: '… En primer término esta representación denuncia la violación del artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto estima esta representación, y así espero que sea acogida, que existió un trato discriminatorio a mi defendido con respecto al ciudadano NELSON ALFREDO OCHOA OJEDA, co-penado en la presente causa, al que le fue otorgado el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, y que estaba en las mismas condiciones fácticas y jurídicas que mi defendido; lo cual violenta normas procesales y constitucionales como los establecidos en el artículo 438 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.'
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento realizada por el ciudadano abogado HORACIO LEÓN MORALES, Defensor Privado del ciudadano acusado JESÚS DAVID MONSERRAT COVA.
Palabras clave
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